Llenar recibo de honorarios y/o arrendamiento en Zona Fronteriza.





Imagen: fmnativa.com

A petición de ustedes los lectores, aquí les comparto esta pequeña calculadora para llenar recibos de honorarios y/o arrendamiento en Zona Fronteriza. Es muy fácil de usar, tan solo escribe en la celda amarilla el importe que deseas sea el total del recibo y le das un enter.

¿Así ó más fácil? :)

:arrow:CONSULTAR CALCULADORA

No aplica para los estados donde se retenga Impuesto Cédular.



24 comentarios
  1. jorge falcon
    jorge falcon Dice:

    hola me surgio una duda con tanto numerito yo solicito un recibito d estos pero la persona ake se lo pido me dice ke le tengo ke pagar un 32% mas d los honorarios ke en este caso seria 10,000.00 el total seria 13,200 esta cantidad iria en el recibo y sele arian los ajustes d iva, isr, etc. o solo los 10,000 que alguien me explique por favor urege¡¡¡

  2. El Conta
    El Conta Dice:

    Pues eso… que no desglozarás IVA ni te retendran ISR por ser arrendamiento de casa-habitación ¿si lo es verdad?

    LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
    CAPITULO IV DEL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES

    ARTICULO 20. NO SE PAGARA EL IMPUESTO POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE LOS SIGUIENTES BIENES:

    II. INMUEBLES DESTINADOS O UTILIZADOS EXCLUSIVAMENTE PARA CASA-HABITACION. SI UN INMUEBLE TUVIERE VARIOS DESTINOS O USOS, NO SE PAGARA EL IMPUESTO POR LA PARTE DESTINADA O UTILIZADA PARA CASA-HABITACION. LO DISPUESTO EN ESTA FRACCION NO ES APLICABLE A LOS INMUEBLES O PARTE DE ELLOS QUE SE PROPORCIONEN AMUEBLADOS O SE DESTINEN O UTILICEN COMO HOTELES O CASAS DE HOSPEDAJE.

  3. Desorientada
    Desorientada Dice:

    Cómo se llena el recibo de arendamiento en donde al pie de éste dice: CONTRIBUYENTE EXENTO DE PAGO DE IVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ART. 20 FR. II?

  4. maria ceballos
    maria ceballos Dice:

    Hola.-necesito elaborar un recibo de honorarios vivo en zona fronteriza y mi informaciòn se envian por mail al interior del pais, digame si el IVA trsladado es el 16%? el -10% de ret. IVA lo calculo de los honorarios? y la retenciòn es el 11% de los honorarios???
    gracias

  5. NANDO
    NANDO Dice:

    Saludos, voy a elaborar un recibo de honorarios para una persona que no tiene registro de hacienda, como y que se ccalcula para el llenado del recibo?

  6. ana
    ana Dice:

    Buen Dia,

    Tengo una duda en el caso de arrendamiento, es deducible la prima del seguro de gastos medicos, tiene alguna limitacion? que otros gastos se pueden deducir?

  7. Despereada
    Despereada Dice:

    Hola, muchas gracias por su página, me ha sido de mucha ayuda, pero yo estoy en Guanajuato y aqui el impuesto cedular hasta dónde tengo entendido es del 2%, me puede confirmar q este se calcula de la base y se resta al subtotal.

    De antemano muchas gracias.

  8. Any
    Any Dice:

    Los recibos de honorarios de un médico o un químico, estan exentos de iva, al dar un recibo de honorario sea persona fisica o moral, desglozaran el iva del 16%

  9. rubi
    rubi Dice:

    excelente ayuda!ya la recomende con mis amigos los contadores, y seguire utilizandola..gracias a ustedes!buen dia

  10. El Conta
    El Conta Dice:

    @Josephine Lemaitre

    Analizemos la base de todo esto:

    Segun el Art 2 LIVA:
    El impuesto se calculara aplicando la tasa del 11% a los valores que señala esta Ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realizen por residentes en la region fronteriza, siempre que la entrega material de los bienes o la prestacion de servicios se lleve a cabo en la citada region fronteriza.

    Punto 1.
    Para poder aplicar la tasa del 11%, primero que nada se tiene que ser residente de la region fronteriza.Si tu no eres residente fronterizo, pero vienes a la frontera a realizar x trabajo o entregar algun bien, se debe facturar al 16%.

    Punto 2.
    La entrega del bien o servicio se debe llevar a cabo en dicha region fronteriza, que quiere decir esto, que no importa de donde sea la persona a quien se le factura, con el simple hecho de que el servicio o bien se realize en la zona fronteriza, sera tasa 11%.

    Saludos.

    Visto primero en http://www.anafinet.org/foro/viewtopic.php?p=13843&sid=c8ea3638ad177fc3079aecb281a1da83

  11. Josephine Lemaitre
    Josephine Lemaitre Dice:

    Si mi domicilio fiscal se ubica en el DF y mis clientes son de zona fronteriza. Ellos insisten que les cobre el 10% de IVA. Es correcto?
    Gracias
    Atte.
    Felipe

  12. El Conta
    El Conta Dice:

    @Javier:

    Lo que YO haría es expedir los recibos (independientemente si el cliente los quiera ó no..) con IVA desglosado.

    Acumulando los ingresos y restándole las deducciones autorizadas, determinando los impuestos pertinentes .

    Saludos

  13. Javier
    Javier Dice:

    Conta, buenas tardes… una duda: como puedo llenar recibos de honorarios a clientes que no tienen RFC (No alta en Hacienda), ¡puedo ponerlos como ventas publico en general? o solamente rtecibi de: Nombre de cliente sin RFC, y domicilio la cd… etcc ¿se puede?…. o lo mejor es no llenar el recibo?, lo que pasa es que mi amigo dio notas y nunca le solicitaron recibo de honorarios es el 1er mes… de hecho tiene mas gastos que ingresos, lo mismo IVA (Si desglozo el iva de los ingresos por honorarios)…. saludos.

  14. Saida Elena
    Saida Elena Dice:

    Hola, Conta,

    Tu sitio me cae como regalo del cielo…

    Ando igual que tu sucre, ¡así también los contadores que conozco, y ni hablar de mis inquilinos [uno es una dependencia federal]!!!

    Tengo dos arrendamientos: Uno @ $60,000.000 y el segundo es un arreglo temporal por 3 meses por @ $10,000.00;

    Para el recibo del segundo calculé: IMPORTE $9,901.00; 11% IVA $1,089.11; SUBTOTAL $10,990.11; IVA Ret — [¿nunca lo han aplicado en el recibo?]; ISR Ret $990.11 NETO A PAGAR $10,000.00…

    Y ni que decir del recibo del primero con el cual sí necesito ayuda, por favor…

    De antemano te doy las gracias de corazón…

    Atentamente,

    Saida Elena
    Chetubar, Cantina Roo

  15. Saida Elena
    Saida Elena Dice:

    Hola, Conta,

    Tu sitio me cae como regalo del cielo…

    Ando igual que tu sucre, ¡así también los contadores que conozco, y ni hablar de mis inquilinos [uno es una dependencia federal]!!!

    Tengo dos arrendamientos: Uno @ $60,000.000 y el segundo es un arreglo temporal por 3 meses por @ $10,000.00;

    Para el recibo del segundo calculé: IMPORTE $9,901.00; 11% IVA $1,089.11; SUBTOTAL $10,990.11; IVA Ret — [¿nunca lo han aplicado en el recibo?]; ISR Ret $990.11 NETO A PAGAR $10,000.00…

    Y ni que decir del recibo del primero con el cual sí necesito ayuda, por favor…

    De antemano te doy las gracias de corazón…

    Atentamente,

    Saida Elena
    Chetubar, Cantina Roo

  16. El Conta
    El Conta Dice:

    @thebestever27:

    Al emitir un recibo de honorarios a una personas FÍSICA si se desgloza IVA pero NO deberá retener ni ISR, ni IVA.

    Saludos ;)

  17. thebestever27
    thebestever27 Dice:

    Una duda,
    Para emitir un recibo de honorarios a persona física ¿No causa IVA ni se le retiene ISR O IVA?

  18. thebestever27
    thebestever27 Dice:

    Una duda,
    Para emitir un recibo de honorarios a persona física ¿No causa IVA ni se le retiene ISR O IVA?

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