¿Es el Outsourcing la maravilla que se afirma?


Colaboración de Zandra Vera (razonando.net)

Soy abogada y en mi vida como litigante le he dedicado más tiempo a la materia laboral; a diferencia de otros abogados que piensan que es una materia aburrida o demasiado fácil yo pienso que es una materia que requiere de extrema sensibilidad, sentido común y astucia, sin embargo pocos la exploran como tal, lamentablemente esa desinformación a venido a impactar al mismo sector empresarial.

En el boom del Derecho Fiscal como una alternativa para hacer dinero fácil valiéndose de los errores que comete el Estado en la determinación de obligaciones fiscales, surgen las ahora famosas empresas de outsourcing, las cuales venden la idea de ser la solución perfecta para el manejo de personal, analicemos hoy si esa idea es correcta a la luz de la Ley Federal del Trabajo.

Primero, ¿qué es outsourcing? Bueno, el outsourcing es un servicio que se ofrecen algunas empresas, las cuales se comprometen a actuar como intermediarios contratando personal y llevando todo el manejo de los Recursos Humanos de cualquier otra empresa que contrate sus servicios.

Por ejemplo: Yo contrato a un barrendero para que vaya a barrer tu casa y tú me pagas a mi para que yo me haga cargo de pagarle al barrendero.

Suena interesante no? Es verdad, las empresas de outsourcing o intermediarios descargan una buena parte de la responsabilidad administrativa de las empresas, lo que les permite a las empresas enfocarse en otras cuestiones que pueden considerar más vitales para su crecimiento, además de que les reporta algunos beneficios fiscales.

Hasta aquí suena muy bonito, pero ¿qué pasa el día en que ese “barrendero” se inconforma porque no se le están pagando las prestaciones que la Ley establece o porque simplemente un día le dijeron que ya no era indispensable para la empresa?.

Muchos patrones o dueños de fuentes de trabajo tienen la falsa idea de que como ellos no hicieron el contrato de trabajo se liberan de la responsabilidad, pero la Ley Federal del Trabajo en el artículo 14 claramente los hace responsables de las obligaciones que la Ley les impone:

Artículo 14.- Las personas que utilicen intermediarios para la contratación de trabajadores serán responsables de las obligaciones que deriven de esta Ley y de los servicios prestados.

Los trabajadores tendrán los derechos siguientes:

  1. Prestarán sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y
  2. Los intermediarios no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de los trabajadores.

Lo que significa claramente que el outsourcing no resuelve los problemas de tipo laboral, actualmente hay empresas que se comprometen a responder por los laudos condenatorios en contra de las empresas que contratan los servicios de outsourcing, pues son condenadas de forma solidaria, pero eso sólo encarece el servicio, pues de algún lado los intermediarios tienen que obtener el dinero para responder por esas obligaciones, pudiendo los patrones evitar esto si en lugar de buscar la irresponsabilidad de NO PAGAR a los trabajadores, se apegaran a la Ley, encontrarían que cumpliendo con ella, también encuentran beneficios fiscales, además recuerden el famoso dicho EL QUE PAGA MANDA.

Notas acerca del autor:

Zandra Vera

Mujer cristiana de convicciones firmes y menta abierta, abogada litigante, mi especialidad el Derecho Laboral, me encanta mi profesión y procuro aprovechar su infinito campo de acción, pues me gusta estar atenta y enterada de todo lo que sucede a mi alrededor.

Fuente: Razonando.net



2 comentarios
  1. Maria
    Maria Dice:

    Estoy de acuerdo en parte con tus comentarios, efectivamente, la empresa de outsourcing cobra por todos los servicios que presta, puesto que es un negocio y no una institución de caridad, sin embargo, muchas empresas están tan desorganizadas o tienen alguna situación tan particular, probablemente experiencias desagradables, que no pueden o quieren controlar sus nóminas, recursos humanos, etc. y en lugar de arriesgarse a manejarlos mal, prefieren contratar a una empresa que se encarga de ese control, lo importante es, que la empresa que contrata al outsourcing, se asegure de que éste es serio y realmente cumple con todas las obligaciones fiscales, laborales y demás relativas a la administración de la nómina y los Recursos Humanos, con esto se mitigará el riesgo de que surjan problemas de tipo laboral, porque el riesgo nunca desaparece, sólo se mitiga, aunque la propia empresa maneje a su personal y cumpla con la Ley al 100%, ya que siempre existe la posibilidad de que algún extrabajador quiera obtener ventaja de su situación y eso implica inversión de tiempo y dinero, aunque el patrón sea totalmente cumplido…

  2. Héctor
    Héctor Dice:

    Muchas Gracias por tu aportación, y coincido contigo en la falsa creencia que se tiene de que el derecho laboral, es fácil y hasta cómodo, ya que he escuchado muchas veces ese comentario. Gracias..
    P.D. Me gusta la forma en que te describes, deberíamos de sentirnos orgullosos de nuestras creencias y convicciones.

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