Ingresos NO objeto para ISR -No acumulables-



De acuerdo al Artículo 17 de la LISR.:

(…..)

Para los efectos de este Título, no se consideran ingresos los que obtenga el contribuyente por:

:arrow: aumento de capital,

:arrow: por pago de la pérdida por sus accionistas,

:arrow: por primas obtenidas por la colocación de acciones que emita la propia sociedad o

:arrow: por utilizar para valuar sus acciones el método de participación

:arrow: ni los que obtengan con motivo de la revaluación de sus activos y de su capital.

Las personas morales residentes en el extranjero, así como cualquier entidad que se considere como persona moral para efectos impositivos en su país, que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país, acumularán la totalidad de los ingresos atribuibles a los mismos. No se considerará ingreso atribuible a un establecimiento permanente la simple remesa que obtenga de la oficina central de la persona moral o de otro establecimiento de ésta.

No serán acumulables para los contribuyentes de este Título, los ingresos por dividendos o utilidades que perciban de otras personas morales residentes en México. Sin embargo, estos ingresos incrementarán la renta gravable a que se refiere el artículo 16 de esta Ley.



1 comentario
  1. Ricardo Herrera
    Ricardo Herrera Dice:

    Buen dìa!
    sinceramente aun no soy CP pero soy técnico EN la materia. Tengo un trabajo, y la disyuntiva es que la empresa X, tiene las depreciaciones en rojo ademas que el saldo de las mismas està englobado anual en una sola cantidad, obviamente es díficil saber que activos engloban pues ni siquiera hay archivos de Activos, (seré contador no adivino), mi propuesta es: ¿Puedo cancelar los saldos de las cuentas de depreciacion, contra: OTROS INGRESOS NO ACUMULABLES? Gracias, muy buena esta página! saludos.

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