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Obligaciones para empresas maquiladoras

Autores: Fernando Acosta y Rafael Rubí

http://ssgtnet.com.mx

Como es por todos conocido, las empresas que cuentan con un Programa de Exportación, tienen la obligación de presentar diferentes reportes a lo largo del año, así como algunos informes a instancias de gobierno. Aquí, una lista que te será de utilidad.

Estas son las obligaciones anuales que una empresa maquiladora en México debe o está obligada a presentar. Por ello, ponemos a su disposición un esquema referencial de las obligaciones a cubrir.

1. Reporte anual de operaciones de comercio exterior
Este reporte anual se presenta de manera electrónica ante la Secretaría de Economía (SE). El plazo para presentar esta información es a más tardar el último día hábil del mes de mayo, es decir, no necesariamente sería el 31 de mayo de cada año.

¿Qué es lo que se presenta? :

a) Número de programa IMMEX.
b) Ventas totales.
c) Valor total de exportaciones e importaciones.
d) Saldo de la balanza comercial y porcentaje de exportaciones.
e) Personal ocupado por semestre entre administrativos y obreros.
f) Bienes producidos, fracción arancelaria, sector, volumen y destino de bienes.

2. Reporte mensual y anual al INEGI
Ahora bien, el penúltimo párrafo del artículo 25 del Decreto IMMEX establece que como obligación para las empresas que cuenten con un programa IMMEX, está el presentar la información que, para efectos estadísticos, se determine en los términos que establezca la Secretaría mediante acuerdo. Por lo cual, se tiene la obligación de presentar en forma mensual y anual un cuestionario estadístico ante el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI).

¿Qué es lo que se reporta?

a) La capacidad productiva instalada para efectuar el proceso industrial mensual, por turno de ocho horas.
b) Los productos que elabora.
c) El número de trabajadores de la empresa titular del Programa IMMEX y, en su caso, el de cada una de las empresas que le realicen actividades de submanufactura.

El cuestionario mensual debe presentarse dentro de los 20 días siguientes al vencimiento del mes, esto es, si se presenta información relativa al mes de enero, se deberá presentar el cuestionario dentro de los primeros 20 días del mes de febrero.

Por su parte, el reporte anual que, prácticamente, es una suma de los reportes mensuales, deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes de abril del año siguiente.

3. Declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE)
Esta declaración se presentó por primera ocasión en 2009, cuyo objetivo es recabar la información correspondiente que sirvió de base para la determinación de los ingresos por servicios de maquila.

La información que debe reportar es:

a) Información general de la casa matriz.
b) Si se optó por realizar un estudio de precios de transferencia y/o safe harbor.
c) Valor de los costos y gastos de la operación de maquila.
d) Valor del activo fijo propio y del residente en el extranjero (casa matriz) destinados a la actividad de maquila.

4. Otras obligaciones
Es conveniente señalar que a efecto de mantener vigente el programa IMMEX y evitar suspensiones, es necesario contar vigente y/o activo lo siguiente:

1. Registro Federal de Contribuyentes.
2. Que el domicilio fiscal y los domicilios en los que realice operaciones al amparo del Programa estén inscritos y activos en el Registro Federal de Contribuyentes.
3. Firma Electrónica Avanzada.
4. Presentación de declaración anual del ISR y IETU.

 

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