PRODECON/ Recomendación 27/2012 al SAT en materia de devoluciones de IVA.





Resulta por demás interesante la lectura de esta recomendación que PRODECON le hizo al SAT hace unos días.

Puntos de análisis:

  • El SAT argumenta que el contribuyente (De zona fronteriza) «se beneficia indebidamente» al pagar su compra de tiempo aire en zona centro del país, porque existe una diferencia de tasas de IVA 8-O
  • Que el SAT reclama que el contribuyente compré fuera de «su zona» (resulta por demás hilarante este señalamiento :D )
  • El SAT exige que los comprobantes fiscales tenga la unidad de medida del «tiempo aire» comprado en tarjetas precargadas.:/

Leamos:


PRODECON/ Recomendación al SAT en materia de devoluciones de IVA

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer la «Recomendación 27/2012», en contra de actos emitidos por la una administración del SAT, toda vez que consideró violados sus derechos fundamentales de legalidad, seguridad y certeza jurídica, en virtud de que a las solicitudes de devolución por concepto de saldos a favor del impuesto al valor agregado (IVA), le recayeron las resoluciones contenidas en los oficios, a través de los cuales se negaron las devoluciones solicitadas, argumentando su improcedencia al señalar que la contribuyente no justifica la necesidad que tiene de adquirir productos en una ciudad diversa a la de su domicilio; que de las pruebas valoradas no se advierten elementos de convicción que acrediten la efectiva entrega material del tiempo aire adquirido por la contribuyente en el domicilio del proveedor y que los comprobantes fiscales exhibidos para acreditar el IVA, no cumplen con los requisitos a que se refiere el artículo 29-A, fracción V, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

 

Fuente: IMCP

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