SAT No debe determinar créditos fiscales antes de que sea notificada la liquidación. Recomendación PRODECON 14/2015



SAT No debe determinar créditos fiscales antes de que sea notificada la liquidación correspondiente.

Recomendación PRODECON 14/2015

Articulo 41, Fracción II, del CFF. No autoriza a determinar créditos fiscales con posterioridad al cumplimiento de la obligación omitida, por lo que si el contribuyente cumple con la obligación de manera extemporánea y fuera del plazo que le fue concedido en el tercer requerimiento, pero antes de que le sea notificada la liquidación correspondiente, no procede que la autoridad la notifique.

Recomendación dirigida a la autoridad:

Titulares de las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente De Zacatecas, Morelos, Naucalpan Y Sur Del Distrito Federal, De la Administración General de Servicios Al Contribuyente, Del Servicio de Administración Tributaria.

Leer recomendación de forma íntegra en pagina de la PRODECON

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Actualización 16 Jun 2015:

Recomendación NO ACEPTADA