Reforma Fiscal 2016. Facilidades y estímulos fiscales para Sector Transporte y Agrícola. – Resumen ejecutivo MGI en México.



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FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS FISCALES SECTOR TRANSPORTE Y AGRÍCOLA PARA 2016

El pasado 23 de diciembre de 2015 la SHCP publicó en el DOF la resolución que contiene las facilidades administrativas aplicables para el 2016.  El documento entró en vigor a partir del 1ro. de enero de este año, y conserva en su mayoría las facilidades aplicables para 2015. No obstante, es importante recordar los aspectos más relevantes a tener presente para este 2016.

Para el sector primario continúan las facilidades de comprobación para gastos de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimento para ganado, y gastos menores hasta por $800,000.00 durante el ejercicio siempre y cuando reúnan los requisitos manifestados en la resolución.  Se contempla aún los pagos provisionales semestrales para los contribuyentes de este sector. Sigue la facilidad para retener a sus trabajadores el 4% de los pagos efectuados por mano de obra, pudiendo considerar como base el salario registrado en el IMSS de sus trabajadores. Recordemos que para 2015 este sector estaba relevado de cumplir con la obligación de emitir cheques nominativos por importes menores a $5,000.00, dicha facilidad sigue siendo aplicable para 2016. El citado sector tiene la posibilidad de hacer erogaciones en efectivo por concepto de combustible siempre y cuando no excedan el 15 % del total de las erogaciones de dicho concepto. Otro punto destacable es que las personas morales que se dediquen exclusivamente al sector primario podrán reducir del ISR determinado conforme al artículo 74, en un 30%, siempre y cuando los ingresos de la Persona Moral no excedan 423 VSMG elevado al año por socio y no excedan en su totalidad los 4230 VSMG elevado al año.

Referente al sector autotransporte las personas físicas y morales podrán optar por retener el 7.5% de ISR del pago que se le haga a operadores y maniobristas por concepto de nómina de acuerdo al convenio realizado con el IMSS     para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores. En materia de comprobación y deducibilidad toda persona física o moral que se dedique exclusivamente al autotransporte terrestre ya sea de carga federal o de pasaje y turismo, podrán deducir hasta un equivalente al 8% de sus ingresos sin documentación que reúna requisitos fiscales siempre que se apeguen a las reglas de facilidades administrativas vigentes, así mismo podrán deducir el combustible pagado en efectivo hasta en un 15% de la totalidad del combustible consumido para la realización de su actividad.

De esta manera confirmamos la continuidad de las facilidades administrativas de 2015 para 2016 sin mayor variación, sin olvidar que no se podrán aplicar las facilidades de deducibilidad cuando las deducciones autorizadas que cumplan con requisitos fiscales de acuerdo a la LISR sean mayores a los ingresos acumulables en el ejercicio.

En Ley de Ingresos continúan los de estímulos de acreditamiento de IEPS contra ISR para contribuyentes que adquieran diésel para consumo final, en vehículos para el transporte público y privado de personas o de carga y el acreditamiento contra ISR de hasta el 50% de las cuotas de peajes pagadas en la red de carreteras de cuotas.


El resumen de los puntos principales que contempla la Reforma Fiscal 2016 (Decretos y modificaciones) se presentan para su información en este documento.

Índice:

  1. Ley de Ingresos de la Federación 2016
  2. Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento
  3. Principales Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2016
  4. Modificaciones al Código Fiscal de la Federación
  5. Contabilidad en Medios Electrónicos
  6. Revisiones Electrónicas – Nueva mecánica de fiscalización del SAT
  7. Facilidades Administrativas para Transportistas y Sector Agrícola
  8. Operaciones entre Partes Relacionadas y las nuevas obligaciones
  9. Novedades en Normas de Información Financiera
  10. Cambios recientes en materia de Contabilidad Gubernamental

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