Hice una consulta a la autoridad fiscal pero… la respuesta me es desfavorable. ¿La puedo impugnar?
SE PUEDE IMPUGNAR LA RESPUESTA DESFAVORABLE EN CONSULTA A LAS AUTORIDADES FISCALES?
CP LD y MI Víctor Regalado Rodríguez
Sitio web: entornofiscal.com
El contribuyente tiene el derecho a efectuar consultas a la autoridad fiscal sobre aquellas situaciones reales y concretas en las que tenga alguna duda o incertidumbre, y de cuya respuesta por escrito nacerán derechos para el contribuyente cuando sean favorables al mismo, por lo que la autoridad no podrá desconocer posteriormente tal criterio, salvo que inicie juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, según lo dispone el artículo 36 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Sin embargo, si la respuesta a la consulta es desfavorable a los intereses del contribuyente, el artículo 34 del CFF dispone que tal criterio de la autoridad no será obligatorio para el particular, por lo cual éstos podrán impugnar, a través de los medios de defensa establecidos en las disposiciones aplicables, las resoluciones definitivas en las cuales la autoridad aplique los criterios contenidos en dichas respuestas.
Es decir que el contribuyente no podrá impugnar la respuesta desfavorable, pero si la aplicación que haga la autoridad del criterio contenido en su respuesta.
El contribuyente no podrá impugnar la respuesta a la consulta ya que al no ser obligatorio para él asumir el criterio manifestado en la respuesta, la misma no produce efectos en la esfera jurídica del contribuyente, la cual será afectada hasta que la autoridad en un acto futuro aplique su criterio.