¿Usar «Mi Contabilidad» del SAT para Personas Morales? Debes presentar tu aviso a mas tardar el 10 de marzo.



La LISR para 2017 considera la opción de que se acumulen los ingresos y se determine la base gravable del ISR mediante el sistema de base efectivo y no mediante el sistema de base devengado

El plazo para aprovechar las facilidades de Mi contabilidad vence el 10 de marzo

COMUNICADO DE PRENSA
Ciudad de México, a 19 de febrero de 2017

 

  • Mi contabilidad facilita a las Pyme calcular y declarar sus impuestos de forma más sencilla y más rápida.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los micro, pequeños y medianos empresarios, a partir de este mes, la nueva herramienta tecnológica Mi contabilidad, la cual facilita calcular y declarar sus impuestos de forma más fácil y más rápido, a través de un esquema de flujo de efectivo.

Para aprovechar los beneficios de Mi contabilidad, los contribuyentes deben presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 10 de marzo.

Con Mi contabilidad se clasifican las facturas electrónicas de ingresos y gastos para determinar en forma automática los pagos provisionales del impuesto sobre la renta y definitivos del impuesto al valor agregado, a través de un esquema simplificado de cumplimiento fiscal.

La opción de acumulación de ingresos permite a los contribuyentes optar por pagar el ISR mediante flujo de efectivo; es decir, acumulando sus ingresos efectivamente percibidos y sus deducciones efectivamente erogadas, correspondientes al periodo de que se trate, o bien podrán aplicar el coeficiente de utilidad a los ingresos efectivamente percibidos.

Esta medida beneficia a personas morales constituidas únicamente por personas físicas con ingresos menores a cinco millones de pesos.

Quienes utilicen la opción de acumulación de flujo de efectivo quedarán relevados de enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual la información contable; así como de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.

Última modificación:
19 de febrero de 2017 a las 16:03


Nota de ElConta.Com:

Conoce mas de esta nueva forma de declarar en este tutorial que preparamos para ti:



6 comentarios
  1. Joan
    Joan Dice:

    Buenas tardes Me podría orientar los pasos a seguir para presentar el aviso de actualizacion de actividades economicas y obligaciones?

  2. C.P. Alfonso Angeles Valdez
    C.P. Alfonso Angeles Valdez Dice:

    Soy una escuela S.C. que desde 2014 está tributando en el Título II como sociedad mercantil y cumplo con los requisitos del art. 196 de la LISR, sin embargo al tratar de ejercer la opción, la pagína del SAT no me abre dicha opción.

    Cómo hago para poder ejercer la opción?

Los comentarios están desactivados.