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CDMX. Este 15 de marzo vence el plazo para presentar el aviso para dictaminar las siguientes obligaciones:

marzo 9, 2018/en Aspecto Fiscal en México, Declaraciones varias, SAT, Tips para empresas, Tramites varios/por L.C.C. Juan Antonio Salinas J


Contribuciones por dictaminar en la Cd. de México.

Autor colaborador de ElConta.Com:

Mtro. y L.C.C. Juan Antonio Salinas Juárez

Integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Auditoría – Bosques

[email protected]

El 15 de marzo vence el plazo para presentar el aviso para dictaminar las obligaciones en materia de contribuciones locales de la Ciudad de México, las cuales se enlistan a continuación:

  • Las que hayan contado durante el ejercicio 2016, con un promedio mensual de ciento cincuenta o más trabajadores;
  • Las que hayan contado durante el ejercicio 2016, con inmuebles de uso diferente al habitacional, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto, en cualquiera de los bimestres de dicho año, sea superior a $26,982,818.00. El dictamen deberá referirse a las obligaciones fiscales relacionadas con el inmueble o inmuebles que en su conjunto rebasen este valor;
  • Las que hayan contado durante el ejercicio 2016, con inmuebles de uso mixto, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto rebasen el valor indicado en la fracción II;
  • Las que hayan consumido durante el ejercicio 2016, por una o más tomas, más de 1,000 m³ de agua bimestral promedio, de uso no doméstico, de uso doméstico, o ambos usos; cuando el uso sea sólo doméstico siempre que el inmueble donde se encuentre instalada dicha toma o tomas de agua, se haya otorgado en uso o goce temporal total o parcialmente;
  • Estar constituido como organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos conforme a la ley de la materia;
  • Las que hayan utilizado durante el ejercicio 2016, agua de fuentes diversas a la red de suministro de la Ciudad de México y hayan efectuado las descargas de este líquido en la red de drenaje; y
  • Las que durante el ejercicio 2016, hayan prestado los servicios de hospedaje contemplados en el artículo 162 del Código Fiscal de la Ciudad de México y que en dicho ejercicio, hayan percibido un monto igual o mayor a los $10’396,000.00, como contraprestación por los servicios prestados.

El trámite se realiza vía Internet en el Sistema para la Presentación de Dictámenes (SIPREDI) en la pantalla principal del mismo, deberá requisitar la pantalla donde solicita los datos del contribuyente, y el sistema les proporcionará las claves de acceso correspondientes, teniendo la opción de recuperar las referidas claves en caso de olvido, así como cambiarlashttp://fiscalizacion.finanzas.cdmx.gob.mx/sipredi/.

El C.P.R. deberá transmitir el dictamen y la información anexa, mediante el SIPREDI a través de lapágina electrónica de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México en la dirección www.finanzas.cdmx.gob.mxamás tardar el último día hábil del mes de mayo de 2018.

Espero que sea de ayuda y con ello disminuir el riesgo de los clientes en caso de una revisión. Así como también nos dará mucho gusto apoyarte en cualquier duda o comentario que tengas al respecto.

Publicado también en veritasonline.com.mx

Contacto:

L.C.C. Juan Antonio Salinas J.

Movil 55 5181 7316

Twitter: @JUANTONO0806

➡ Salinas Juárez y Asociados, S.C.

[email protected]




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Etiquetas: cdmx cambios fiscales, cdmx dictamentes, dictamen, fecha limite, Letras sueltas
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