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Cálculo PTU 2022. No, no son tres meses de sueldo…

mayo 5, 2022/por El Conta


Ya en serio. ¿Quién le habrá dicho a los trabajadores que a partir de este año la PTU será de tres meses de sueldo?

Tanto bombo y platillo por esta nueva metodología de cálculo pero NO EXPLICAN (al menos de inicio no lo hicieron) que lo de los tres meses es UN TOPE, no un beneficio real y directo para el trabajador. De hecho… le podría perjudicar si antes se recibía más dinerito por concepto de PTU. Los trabajadores mineros por ejemplo…

Lo bueno es que la STPS ha salido a poner las cosas un tanto más claras.


Publica STPS la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades

  • Se espera que los trabajadores reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalente a 18,557 pesos; 2.59 veces mayor a lo que reciben actualmente
  • El cálculo del porcentaje de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder al 10% sobre la renta gravable

Para orientar a empleadores y trabajadores sobre las reformas a la Ley Federal del Trabajo sobre los montos en la participación de las utilidades, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) elaboró la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades. La Guía destaca que, para evitar la discrecionalidad en el reparto de utilidades, el Gobierno de México propuso el establecimiento de reglas precisas que no afecten al sector empresarial e impulsen un incremento en el beneficio de los trabajadores.

Con las nuevas reglas establecidas en la reforma de la Ley Federal del Trabajo para el reparto de utilidades, se espera que los trabajadores reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalente a 18,557 pesos; 2.59 veces mayor a lo que reciben actualmente. El cambio normativo en ningún momento modifica el mecanismo establecido en la Constitución Federal o en la Ley Federal del Trabajo en materia de reparto de utilidades, ni en sus fórmulas de cálculo, por lo que se seguirán observando todas aquellas normas establecidas en el artículo 125, las excepciones precisadas en el artículo 126, así como lo establecido en las fracciones I a VII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo.

Aclara que el cálculo del porcentaje de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder al 10% sobre la renta gravable, tal como fue determinado mediante la Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2020, del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: Se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios; Se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. Se deberá pagar a los trabajadores el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente.

Cuando el monto a pagar sea superior a tres meses del salario del trabajador, se establecen los 90 días de salario como límite máximo de pago del PTU, salvo que el promedio del PTU pagado por la empresa a los trabajadores según su categoría en los últimos tres años sea superior a esa cifra. El impacto positivo de la desaparición de la figura de la subcontratación de personal comenzará a reflejarse cuando empresas y patrones realicen el reparto de utilidades a los trabajadores, entre mayo y julio de 2022.

Cabe mencionar que las y los trabajadores tienen el derecho a recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o empleador por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado. Se trata de un derecho consagrado en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo.

Para su revisión y consulta, anexamos la dirección oficial de la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades https://www.gob.mx/stps/documentos/guia-para-cumplir-con-las-obligaciones-en-materia-de-reparto-de-utilidades



Fechas en que se realiza el pago de PTU de 2021 a pagar en 2022

  • La fecha límite es el 30 de mayo de 2022, en caso de trabajar para una empresa, es decir una persona moral.
  • La fecha límite es el 29 de junio, en caso de laborar para una persona físicas que tenga Actividades Empresariales y Profesionales o que estén incorporadas al Régimen de Incorporación Fiscal.

Si tú como patrón quieres darles más a tus trabajadores o bien NO TOPARLOS a esos tres meses ¿Cómo lo harías? ¿El excedente ponerlo PTU o como gratificación? Aguas !!


Por último les compartimos este vídeo que dejará mas claro todo este aspecto de la PTU a pagar en estos próximos días:

¿Y el cálculo de distribución de PTU para este 2022?

La base es como siempre el 10% de la utilidad fiscal que determinas en tu declaración anual del ejercicio anterior (ejercicio 2021 en este caso)

Y la distribución a los trabajadores también es igualito. Checa el vìdeo que te compartimos arriba.

Recuerda, lo único que cambia es que ahora existen topes. Que antes no existían.

¿Y que hacemos con el excedente de PTU no repartido?
Acá lo platicamos: PTU 2022. Tratamiento al excedente del tope de PTU a distribuir.


También te puede interesar:

  1. Fecha límite pago de utilidades en 2021.
  2. Platiquemos de: PTU a pagar en Mayo 2021 y las Reforma a la LFT recientemente publicada.
Etiquetas: calculadora de PTU, participación de los trabajadores en las utilidades ptu, PTU Fecha límite para pagar
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9 comentarios
  1. Mariana
    Mariana Dice:
    mayo 9, 2022 en 6:20 pm

    Hola, la empresa tiene el régimen 912, por lo que leí, si están en obligación de dar utilidades a sus trabajadores. Pero en el tiempo que llevo trabando con ellos, no he percibido monto alguno por este concepto. Se puede hacer algo, para saber si hubo utilidad o no?

    Responder
  2. Adan Morales
    Adan Morales Dice:
    mayo 6, 2022 en 8:45 pm

    Pregunta cómo ?? Correspondería el pago al ramo acerero??

    Responder
  3. Martin
    Martin Dice:
    mayo 6, 2022 en 4:38 pm

    Todos los despachos tratando el mismo tema, ¿cuantas empresas reparten 3 meses de salario en México ? Deberían de concentrarse en explicar el procedimiento

    Responder
  4. Ermilo Turriza Sosa
    Ermilo Turriza Sosa Dice:
    mayo 6, 2022 en 4:34 pm

    La que le dijo a los trabajadores que iban a recibir 3 meses de sueldo o el promedio de las últimas 3 PTU’s, fue la flamante Secretaria del Trabajo y Previsión Social, la señora Alcalde, en una mañanera y esto se debió a lo ignorantes que son los servidores públicos actuales en su respectivo puesto.

    Responder
  5. Luis Argumedo
    Luis Argumedo Dice:
    mayo 6, 2022 en 1:27 pm

    Pregunta: Por qué para todos los demás pagos no se acepta como referencia el Salario Mínimo, siempre se utiliza la UMA (ejemplo pensiones) pero para el PTU si se toma como referencia el Salario Mínimo y no el UMA?

    Responder
  6. patricia aleman
    patricia aleman Dice:
    mayo 6, 2022 en 1:15 pm

    Buenas tardes, que tratamiento se le da a la ptu que excede al trabajador, ¿se le puede dar mas del tope? ¿que consecuencias tiene?

    Responder
  7. Armando Alejandro
    Armando Alejandro Dice:
    mayo 6, 2022 en 11:09 am

    Buen dia, que ptu corresaponde a un trabajador al que la individualizacion resulta menor del tope de 3 meses y el promedio de tres años de ptu.

    Responder
  8. Abraham cordova
    Abraham cordova Dice:
    mayo 5, 2022 en 9:05 pm

    Si me interesa

    Responder
  9. dionicio carrillo
    dionicio carrillo Dice:
    mayo 5, 2022 en 3:28 pm

    Buenas tardes una duda, que tratamiento se le da a la PTU que excede del trabajador, por la cuestion de los topes.

    Muchas gracias!!!

    Responder

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