¿Habrá puente vacacional el 16 de septiembre 2011?





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Algunos empleados muy pachangueros patriotas y ávidos de vacaciones, me han externado su preocupación y preguntan:

“Este viernes 16 de septiembre, ¿Se recorre al lunes anterior, como los demás días festivos…. (sic)?” 

Y la respuesta es NO :-?

Veamos….

Recordemos que en México los días de descanso obligatorio vienen fijados por el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2006, el Decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), para quedar como sigue:

Son días de descanso obligatorio:

I. El 1 de enero.

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.

IV. El 1 de mayo.

V. El 16 de septiembre. <<< Como ves este día NO se recorre

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.

VII. El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

VIII. El 25 de diciembre.

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Y da la casualidad de que este 16 de septiembre de 2011 "cae" en viernes, así que:

ya la hicimos porque SI que tenemos puente vacacional !!!

Puente: 16, 17 y 18 de septiembre

Así que estimados lectores.. disfrutemos pues de un merecido descanso :)



4 comentarios
  1. Roberto
    Roberto Dice:

    Creo entender que el recorrer los dias festivos lo implemento el gobierno para fomentar el turismo.. estoy en lo correcto? La paraestatal donde laboro tiene la prestacion de 3 días «economicos» que son dias de asueto con goce de sueldo; ahora limita que no se pueden solicitar o aprobar coincidiendo con días habiles próximos a puentes o festivos.. esto no es ir en contra de la intencion del mismo gobierno?

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