Artículo 141 del Código Fiscal de la Federación: Cuando garantizar se convirtió en pagar primero.
La forma en que se garantiza el cumplimiento fiscal, transformando la obligación en un pago anticipado. Su característica distintiva radica en proteger al fisco frente a riesgos de incumplimiento, optimizando la seguridad jurídica y financiera. Ventajoso para la administración tributaria, este artículo fortalece el control fiscal sin perder equilibrio con los derechos del contribuyente, marcando un antes y un después en la gestión tributaria en México.




























