Cancelar requerimientos del SAT por internet
Me atrevo a pensar que no hay empresa a la que al menos una vez, la autoridad no le haya enviado algún requerimiento :-?
Y dá el caso que a una de las empresas a las que le llevo la contabilidad, les llegó «su premio» dónde el SAT nos solicita la presentación de el pago provisional de IETU del mes de Febrero 2010, cosa que por supuesto ya había presentado en tiempo y forma… así que no queda otra más que solicitarle a la autoridad la cancelación de dicho requerimiento.
Así que me fuí a la ALAC que me corresponde y al llegar me dicen que SOLO es posible cancelarlo de dos maneras:
1. Que se presente el representante legal y/o yo tenga poder para eso (no lo tengo) ó
2. Presentarlo por internet.
Así que… a presentarlo por internet…
En la pagina del SAT solo encontré la siguiente información para la realización de este trámite:
Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones)
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que reciban requerimientos por parte del SAT.
¿Dónde se presenta?
En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT.
¿Qué documentos se obtienen?
No aplica.
¿Cuándo se presenta?
Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado.
Requisitos:
En forma personal:
- Original y copia del requerimiento (original para cotejo)
- En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento.
- Original y copia de la declaración normal y/o complementaria presentada (original para cotejo) de acuerdo a lo siguiente:
- Declaración con sello original de la institución bancaria;
- Si fue a través de Internet o banca electrónica debe indicar el número de folio;
Si se presentó por medios electrónicos y el pago se realizó en ventanilla bancaria, debe proporcionar acuse de recibo en original (original para cotejo).- En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. (original para cotejo)
Por Internet:
- Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF.
Compromisos de servicio
Atención Personal:
Duración máxima: 40 min. por trámite.
Espera máxima: 5 min. para contribuyentes con cita.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos
Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs.
Pasos a seguir para realizar el trámite
Internet(27kB)
Personal(28kB)
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 33-A del CFF y 58 del reglamento del CFF
Fuente: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11777.html
Y como puedes ver, es MUY poca información :-?
Así que mientras voy realizando mi trámite, voy haciendo imprresiones de pantalla para compartirselas y no anden tan perdidos como yo la primera vez :roll:
Espero y les sirvan de algo:
Nota: Pare cerrar la visualización de la foto solo debes dar click sobre de ella.
Una vez terminado el trámite el sistema te dá un acuse de recibo en el cúal te informa que regreses a ese módulo del SAT en unos cuantos días para revisar el resultado del mismo y obtener un acuse de recibo final.
¿Cuál es tu expericiencia con este trámite?
¿Te parece mejor hacer el trámite por internet ó de manera presencial?
Mi cliente tenia 6 multas impuestas por el SAT, las cuales le impedian realizar un credito Bancario por estar en el Burò de Credito, tales multas actualizadas se pagaròn, se entero a la Administracion Local mediante escrito y con copias de los pagos realizados, se hizo aclaracion via Internet sobre los pagos relizados y la Autoridad por el mismo medio dio como asunto acalarado y que en maximo 3 dias estaria haciendo los movimientos necesarios para que mi cliente saliera del Buro o Cambiaria su situacion de Mora, pero realizando el tramite con la institucion bancaria nos dice que aun esta en Buro de Credito, me comunique por telefono al SAT via INFOSAT, ahi me tomaron conocimiento de los pagos de las multas, pero aun sigo esperando que me quiten del buro de credito, que mas puedo hacer para regularizar la situacion??’
muchas gracias de antemano
Excelente. Gracias.
Yo he solventado requerimientos a traves de la siguiente manera:
Accedo a:
«Mi portal»,
«Aclaraciones»,
«Cancelacion de requerimientos»
«Asunto»: Cancelacion de requerimiento
«Descripcion»: A que autoridad va dirigido
En el cuerpo del comentario escribo detalladamente los requisitos que marca el art. 18 del CFF.
Scaneo el requerimiento y los documentos de prueba (pago provisional, declaracion anual, declaracion informativa, etc) y los adjunto
Y posteriormente lo envio e imprimo el acuse de recepcion. En un lapso de 5 dias se puede consultar el estado de la respuesta en «Mi portal».
Saludos
Me parece bastante practico el contestar requerimientos por esta via, pero (siempre hay un pero), con la modalidad de que ahora el Estado esta coordinado con la SAT para enviar tambien requerimientos, no veo la posibilidad de cumplir esta obligacion via internet, o alguien tiene informacion de que se pueda, Estoy en Nuevo Leon
BUENAS TARDES, EN RELACION A LA CANCELACION DE RQUERIMIENTOS POR INTERNET, DEBERIAN DE PONERLOS a la pagina principal para que cualquier contribuyente que tengo problemas por algun requerimiento, le sea mas fácil su localizacion
buenas tardes:
una felicitacion esta es una herramienta que todos los contadores deberian de tener, me parece excelente sobre todo el contenido practico y sencillo de entender.
gracias por hacernos el trabajo mas facil
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Gracias.
Muy buena información gracias de antemano