Requerimientos: Condonación de multas (ISR, IA, IDE, IVA, IEPS)





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Viene de: Notificaciones SAT ¿Y ahora que hago?

Puede solicitar la condonación de aquellas multas que le fueron impuestas por omitir parcial o totalmente el pago de sus impuestos. El porcentaje de condonación varía según su opción de pago que elija:

  • Cuando la multa derive de impuestos como ISR, IA e IETU se condona 90 en pago en una sola exhibición; si el pago es en parcialidades se condona el 80%
  • Cuando la multa derive de impuestos como IVA, IEPS y retenciones se condona el 70% en pago en una sola exhibición.

También se puede solicitarla condonación de multas que la autoridad controle a través de un crédito fiscal, considerando en estos casos, el porcentaje de la condonación depende del tiempo transcurrido; es decir, la antigüedad del ejercicio al que corresponda la multa y hasta la fecha de la presentación de la solicitud de condonación, pudiendo ser:

  • De 50% hasta 90% cuando la multa se derive de impuestos como ISR, IA e IETU
  • De 20% hasta 60% cuando la multa se derive de impuestos como IVA, IEPS y retenciones.

Para solicitar la condonación de sus multas debe presentar escrito libre dirigido a la Administración Local de Recaudación de su domicilio fiscal, con los siguientes elementos:

  • RFC, nombre denominación o razón social y domicilio fiscal
  • Número telefónico y dirección de correo electrónico para recibir notificaciones
  • Señalar las contribuciones actualizadas y sus accesorios (multas) que usted de forma espontanea determinó; o bien, el numero de crédito con que la autoridad fiscal controla el adeudo.
  • En caso de cubrir la multa mediante compensación por saldo a su favor, copia simple del aviso de compensación.

Fuente: http://www.scribd.com/doc/35908497/Trip-Notificaciones



7 comentarios
  1. Lidia Chávez Rojas
    Lidia Chávez Rojas Dice:

    Presenté una declaración mensual en ceros extemporaneamente. Solventé el requerimiento, pero me llegaron dos multas por esta declaración, entiendo que una es por lo extemporáneo, pero y la otra dice art. 81 fracc. I inciso a), no entiendo. Una es por 980 y me piden pagar $ 724. Y la otra es por 980 y me piden pagar $1,124. Sigo sin entender.

  2. alberto herrera arciga
    alberto herrera arciga Dice:

    me urge un buen consejo… me esta requiriendo el SAT por que no declare el 2009 yla cantidad a pagar es 240 mil en 6 meses o 40 mil por mes que pasa si no pago hay carcel, embargos de mi casa o de mi cuenta bancaria…no me niego a pagar pero que me den mas tiempo…por ahi lei que dan hasta 36 meses es cierto? mil gracias al que me ayude

  3. susana
    susana Dice:

    Disculpen alguien sabe del programa de condonacion de multas del DIOT? me urge encontrar algo

    Gracias……

  4. laura
    laura Dice:

    BUENAS TARDES, tengo una duda espero puedan ayudarme, llego una multa por una Diot del 2010 y efectivamente no se presento, pero la multa es por 7000 y en el mes tienen 2000 de ingresos porque es renta de un local, que procede??

  5. karmina
    karmina Dice:

    Si alteré una factura el año pasado, se pueden dar cuenta y si es azi que procede..? Me urge saber porke me llego un citatorio de haciendaa :S Gracias por su ayuda de natemano.!

  6. Lourdes Aguilar
    Lourdes Aguilar Dice:

    Tengo requerimientos por multas de impuestos que ya liquidé en una sola exhibición desde mayo del año pasado, acudí a la oficina del SAT para ver si podía llegar a un acuerdo en pagos por las multas pero sólo me dijeron que la solución era pagarlos. ¿puedo recurrir a otras soluciones? la información que hay aquí es muy interesante pero no sé cómo solucionar mi caso. Muchas gracias.

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