La DIM Su importancia y consideraciones básicas – Cruces de información –
La DIM Su importancia y consideraciones básicas.
Cruces de información del SAT
Autor:
C. P. C. Emmanuel Yañez Aguiluz *
:arrow: www.jciconsulting.com.mx
Seguramente al día de hoy, muchos de nosotros hemos concluido o estamos por concluir la preparación y presentación de nuestra Declaración Informativa Múltiple correspondiente al ejercicio 2012. Esta declaración proporciona al SAT elementos para armar el rompecabezas de la situación fiscal de cada contribuyente y toda información recibida es verificada en una primera instancia contra información interna que el SAT tiene en su poder y que nosotros mismos proporcionamos a través de distintas declaraciones.
Sin menoscabo de la importancia de la calidad y veracidad de la información incluida en cada informativa, actualmente es de suma importancia que la información incluida en la Declaración Informativa sea consistente con la demás información que declaramos a lo largo del año. Aún cuando se trata de cruces o validaciones básicas, los invito a detenerse un momento y analizar (si no lo hicieron ya) que la información cumpla por lo menos con las siguientes validaciones o “cruces” antes de su presentación al SAT, que dado la gran cantidad de anexos incluidos (10 en total) me enfocaré solamente en el análisis de los dos primeros anexos:
Anexo 1. Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio al empleo (incluye ingresos por acciones)
En este anexo, centraremos nuestra atención para validar la información contenida en el resumen de operaciones del anexo.
1. Total de ISR retenido y enterado por salarios, debe ser igual al ISR efectivamente enterado al SAT en todos los pagos mensuales del ejercicio.
2. Total de ISR retenido y enterado por asimilados a salarios,debe ser igual al ISR efectivamente enterado al SAT en todos los pagos mensuales del ejercicio.
3. Total de ingresos por sueldos y salarios de los trabajadores relacionados, sugiero que este importe sea igual al monto que eventualmente presentaremos en el Apartado G. Datos de algunas deducciones autorizadas, renglón Sueldos y salarios de la Declaración anual del ejercicio 2012.
4. Total de ingresos por sueldos y salarios de los trabajadores relacionados (-) Total de ingresos exentos por sueldos y salarios de los trabajadores relacionados. El resultado de esta resta son los Ingresos gravados de los trabajadores y debe ser igual a la base utilizada para la determinación del Crédito IETU por sueldos y salarios en el cálculo anual. También debe ser igual al Monto total de pagos por sueldos y salarios gravados que eventualmente será incluido en el Apartado del Impuesto Empresarial a Tasa Única de la Declaración anual del ejercicio 2012.
Anexo 2. Información sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPS
En este anexo, centraremos nuestra atención para validar la información contenida en el resumen global de operaciones del anexo.
1. Total de ISR retenido y enterado por servicios profesionales, debe ser igual al ISR enterado al SAT en todos los pagos mensuales del ejercicio.
2. Total de ISR retenido y enterado por arrendamiento, debe ser igual al ISR enterado al SAT en todos los pagos mensuales del ejercicio.
En fin, todos los renglones de ISR debemos verificar que correspondan contra lo pagado al SAT en los pagos mensuales del ejercicio.
3. Total de IVA retenido y enterado, debe ser igual al IVA enterado al SAT en todos los pagos mensuales del ejercicio. Adicionalmente, debe ser igual a la suma de los montos de IVA retenido declarados en cada una de las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros presentadas durante el ejercicio 2013.
4. La base de honorarios sujetas a retención de IVA e ISR debe ser la misma que eventualmente se presente en el Apartado G. Datos de algunas deducciones autorizadas, renglón Honorarios pagados a personas físicas de la Declaración anual del ejercicio 2012.
5. La base de arrendamiento sujetas a retención de IVA e ISR debe ser la misma que eventualmente se presente en el Apartado G. Datos de algunas deducciones autorizadas, renglón Uso o goce temporal de bienes pagados a personas físicas de la Declaración anual del ejercicio 2012.
6. La base de fletes pagados a PF sujetas a retención de IVA debe ser la misma que eventualmente se presente en el Apartado G. Datos de algunas deducciones autorizadas, renglón Uso o goce temporal de bienes pagados a personas físicas de la Declaración anual del ejercicio 2012.
Conclusión:
De ninguna manera este post intenta enumerar todos los cruces posibles que puede hacer el SAT con la información que presentamos, ya que incluso, podemos observar que en el Anexo 2 no traté ningún cruce de información relacionada con IEPS y sus declaraciones informativas particulares. No obstante, lo que si pretendo es generar consciencia en el lector de que toda la información que declaramos tiene relación entre si y las inconsistencias o discrepancias que el SAT observe en la información que presentamos pueden ser el detonante de una revisión innecesaria al contribuyente.
¿Como ves, se te ocurren cruces adicionales?
En el apartado Subsidio para el empleo que se Acreditó contra el ISR a cargo durante el ejercicio que declara; es el Subsidio que descontamos de las RETENCIONES QUE LE HICIMOS A LOS TRABAJADORES?.
o es el Subsidio que se acreditó durante el ejercicio que declara antela Federación.?
esque yo acredite mi subsidio contra las retenciones y no se si entra en alguno de estos dos apartados.
Podrian orientarme GRACIAS!!!
El CFF en su art. 12 penúltimo párrafo señala que cuando sea viernes la fecha de vencimiento de la declaración y que se deba presentar ante una institución bancaria, se pase al siguiente dia habil.
Disposición que al DIM no le aplica, ya que este se presenta ante la autoridad misma, ya sea personalemente o electrónicamente, dependiendo de la cantidad de movimientos que se registren.
Por lo tanto, para el DIM, su vencimiento seria el dia 15 de febrero.
Saludos.
@lupita Es una buena pregunta, ahora con esto de los medios electrónicos esto podría quedar obsoleto, te recomendaría que la presentes a mas tardar el día 15 para evitar confusiones, por que me ha pasado varias veces que las declaraciones provisionales las presento después del día (por que cayeron en fin de semana) y aun así el sistema del SAT comienza a enviarme correos de aviso de que no presente declaraciones,
tambien podemos conciderar el cruce de informacion cuando presentamos las declaraciones mensuales del IETU en DyP, que es donde tambien se pide la informacion de sueldos y salarios
Hola, una pregunta: El día 15 es viernes, se va a pasar para el lunes la presentacion de la informativa multiple?? Gracias.