31 de Octubre 2013 / Reporte de Actividades Vulnerables de la Ley Anti-Lavado



Registro de Actividades Vulnerables de la Ley Anti-Lavado

Escrito por : Maricela González

Sitio: DESPACHO ELIZONDO CANTÚ, S. C.

El pasado 16 de agosto del año en curso, se publicó en el Diario Oficial, el Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y entró en vigor el 1 de septiembre del presente.

Establece que la persona física o moral que realice actividades vulnerables y, por lo tanto, están obligadas a presentar avisos, deberán estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y contar con el certificado vigente de la Firma Electrónica Avanzada.

El SAT llevará a cabo las Altas de las personas que realizan actividades vulnerables, estas personas deberán enviar a dicho órgano administrativo la información de identificación a través de los medios y formatos que para dicho acto expida la unidad de Inteligencia Financiera.

El próximo 31 de octubre se realizará la presentación de los avisos y contendrán la información referente sobre las actividades vulnerables que se hayan realizado a partir del 1 de septiembre del año en curso.

Para darse de alta en el padrón de Actividades Vulnerables, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Están inscritos en el RFC.
  • Contar con la FIEL.

Enviar datos de identificación para el Registro y Alta de la persona  de acuerdo con reglas:

  • Anexo 1 Persona Física.
  • Anexo 2 Persona Moral.

Formatos: 2013-08-30_DOF_resolucionformatosoperacionesvulnerables.zip



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