31 de Octubre 2013 / Reporte de Actividades Vulnerables de la Ley Anti-Lavado
Registro de Actividades Vulnerables de la Ley Anti-Lavado
Escrito por : Maricela González
Sitio: DESPACHO ELIZONDO CANTÚ, S. C.
El pasado 16 de agosto del año en curso, se publicó en el Diario Oficial, el Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y entró en vigor el 1 de septiembre del presente.
Establece que la persona física o moral que realice actividades vulnerables y, por lo tanto, están obligadas a presentar avisos, deberán estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y contar con el certificado vigente de la Firma Electrónica Avanzada.
El SAT llevará a cabo las Altas de las personas que realizan actividades vulnerables, estas personas deberán enviar a dicho órgano administrativo la información de identificación a través de los medios y formatos que para dicho acto expida la unidad de Inteligencia Financiera.
El próximo 31 de octubre se realizará la presentación de los avisos y contendrán la información referente sobre las actividades vulnerables que se hayan realizado a partir del 1 de septiembre del año en curso.
Para darse de alta en el padrón de Actividades Vulnerables, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Están inscritos en el RFC.
- Contar con la FIEL.
Enviar datos de identificación para el Registro y Alta de la persona de acuerdo con reglas:
- Anexo 1 Persona Física.
- Anexo 2 Persona Moral.
Formatos: 2013-08-30_DOF_resolucionformatosoperacionesvulnerables.zip
me interesa el de la compra venta de autos
saludos
gracias