Golpe bajo al dictamen fiscal, altos topes para OPTAR – Borrador de propuesta de dictamen de la Cámara de Diputados



Borrador de propuesta de dictamen de la Cámara de Diputados en relación con el Dictamen Fiscal

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP.

Estimados todos: 

Muy buenas tardes. 

Con mi comunicación previa del viernes pasado les comentaba, entre otras cosas, lo que incluyo al final de esta comunicación. 

Ahora, con la presente les informo que acaban de acotar el tema del Dictamen Fiscal, entre otras cosas, a lo siguiente:

«Artículo 32-A. Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $100,000,000.00, que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, sea superior a $79,000,000.00 o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, podrán optar por dictaminar, en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado. No podrán ejercer la opción a que se refiere este artículo las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.»

En el IMCP nos estamos moviendo fuerte, pero con la presente les pido a los VP Regionales y a los Presidentes de los 60 Colegios Federados que en adición nos movamos durísimo todos, para que se quiten estos límites.

(…)

Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. ( IMCP )

Comité Ejecutivo Nacional

Presidente

C.P.C. Carlos Cárdenas Guzmán

 

Y como debería ser autorizado el Art. 32-A del CFF a sugerencia del propio IMCP (Zona Noroeste):

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¿Qué opinas?



5 comentarios
  1. Compeán
    Compeán Dice:

    Si, el SAT ya va a tener, los ingresos por la factura electrónica, los gastos por la Diot, y los papeles de trabajo en el DYP,, Para que el dictamen,?? es un ahorro para el contribuyente., muy noble de su parte no creen?

  2. CPC y M I Gilberto López Urias
    CPC y M I Gilberto López Urias Dice:

    Totalmente de acuerdo se vieron extremosos en la propuesta fiscal y con el código fiscal dieron un salto muy excedido en sus límites de ingresos, acción muy reprobable por que atenta co los obsionables

  3. El Conta
    El Conta Dice:

    Se dice en Twitter:


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