¿Eres persona física y timbras con la FIEL? Lee esto porque es SÚPER URGENTE !!
¿Eres persona física y timbras utilizando tu FIEL en lugar de Certificado de Sello Digital?
Ya te cargó el payaso :-?
Si nos has estado leyendo en estos últimos días recordarás que el pasado 27 de Febrero el SAT publicó la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 donde entre otras cosas viene lo referente a la tan esperada prórroga a la Contabilidad Electrónica. <<< Muy bien por el SAT. (aplausos)
Pero no acabábamos de terminar de reir y festejar esta agradable noticia cuando PUM !!
Leemos lo siguiente:
Fuente: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/M_1aRMRMF_270215.PDF
O sea !!
Que alguien nos explique !!
Si todo iba tan bien ¿Porqué rayos arreglar lo que NO está descompuesto?
¿A partir de cuando el SAT efectivamente ya no aceptará la FIEL para timbrar los comprobantes fiscales?
No tenemos la menor idea… Pero consideramos que posiblemente sería al día siguiente en que esta Primera Modificación a la RMF 2015 sea publicada en el DOF.
ACTUALIZACIÓN 3 DE MARZO 2015:
:arrow: Se publica en el DOF esta modificación y los PAC niegan servicio al timbrar con la FIEL :-?
¿Que hacer?
Corre a la página del SAT y con tu FIEL tramita cuanto antes tus sellos digitales, acá te dejamos las instrucciones:
:arrow: Cómo tramitar sello digital csd para factura electrónica << Clic en la liga.
¿Timbras con nuestros programas?
Una vez que hayas tramitado tus nuevos sellos digitales (chécale, tal vez ya los tienes tramitados y no te has dado cuenta), deberás sustituir en el programa CFDI los archivos Key + Cer así como tu clave privada.
Ingresar a Generar Factura >> Tus Datos Fiscales >> Pestaña Certificados SAT >> Elegir nuevos sellos (key+cer+clave privada) >> Clic en botón «Validar» >> Una vez que la validación señala OK, dar clic en GUARDAR.
UNA CLIENTA APENAS SACO SU FIRMA ELECTRONICA Y LE SOLICITARON UNA FACTURA Y ME ACORDE QUE SOLO POR EL PORTAL DEL SAT SE PODIA CON FIRMA FIEL MIENTRAS SOLICITABAMOS LOS CSD, Y CUAL FUE MI SORPRESA QUE NI AHI. ASI QUE NOS TUVIMOS QUE ESPERAR
manejo el prov.ext compaq (fact elec) ellos me pidieron desde un inicio el CSD Y FIEL . (01/01/2014) . me dijeron antes del 05/03/15 sobre el cambio de firmar el timbrado , y que no tenia yo problemas ya que ya contaba en sus registros con mi csd. pero en su sistema yo sigo timbrando con mi cert. fiel. ,y en la pagina del sat , aparecen mis fact emitidas con el folio fiscal y no me ha rechazado ninguna al timbrar. ¿como puedo saber si no estan autorizadas.?
me di de alta en el rif este año realice 4 facturas en febrero y no me entere lode csd y realice una factura el 11 de marzo para una empresa y su sistema me la rechazo por no por csd fuera de tiempo de cfd ¿ como rif estoy obligado a tener CSD ? ¿ si le es valida mi factura para el cliente?
Personas Físicas ya no podrán timbrar con su FIEL.
Estimado Usuario de CFDI ElConta.Com:
Sin aviso previo, tal y como suelen hacerlo nuestras autoridades… el SAT determinó que aquellas persona físicas que hacían uso del beneficio de timbrar sus comprobantes fiscales utilizando solo su FIEL ya no podrán hacerlo a partir del día 4 de Marzo de 2015 en que se publicó esta directiva en el Diario Oficial de la Federación.
Continuar leyendo instrucciones aquí:
//tienda.elconta.com/?p=52222
Saludos
Equipo de ElConta.Com
Buen día
Y sino tramito el CSD y sigo expidiendo CFDI’s de conformidad con la Regla 2.7.1.6. de la RMF 2015 que a la letra dice:
«Para los efectos del artículo 29, fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”, misma que se encuentra en la página de Internet del SAT.»
Saludos
les comparto lo que platique por el chat con,los de hacienda.
saludos.
Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
09:39 Orientación Fiscal, le atiende Juan Zapata. Respecto a su consulta inicial. ¿Me puede indicar nuevamente su primera pregunta, de manera más clara, por favor?
09:42 el dia de ayer entre comentarios y entre colegas nos informaron que ya no va a ser posible emitir o sellar en el certificado de sellos digitales nuestros CFDI sino que debemos utilizar los archios que nos proporciono el SAT de la FIEL.
09:44 Sigo en línea con usted.
09:44 es decir … para sellar mis cfdi necesito los archivos de la FIEL y ya no mas los del cretificado de sellos digitales. es correcto?
09:45 No es correcto.
09:46 Lo correcto, en cuanto a la información que tiene usted es lo siguiente:
09:46 digame
09:47 Si utiliza el sistema de facturación de algún Auxiliar de Facturación, debe contar con por lo menos un certificado de sello digital para que pueda sellar sus comprobantes.
09:47 ok
09:47 No puede utilizar el certificado de firma electrónica.
09:48 y si utlizo la herramienta del sat como queda?
09:49 Solamente podrá utilizar su certificado de firma electrónica para sellar sus comprobantes en la herramienta gratuita del SAT.
09:49 O bien, su certificado de sello digital.
09:49 Lo anterior aplica solamente a personas físicas.
09:49 la fiel tiene caducidad?
09:50 Eso sería todo. ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
09:50 Sí, tiene una vigencia de 4 años. ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
09:51 sobre la segunda pregunta…. si soy acti. empres. y profes. puedo emitir mis cfdi con retenciones cuando asi me lo soliciten y también con formato de factura es decir subtotal iva y total?
09:53 Correcto, si tiene las dos actividades registradas, la comercial y la de prestación de servicios profesionales, puede generar comprobantes de Ingreso en donde consten las retenciones correspondientes cuando así aplique.
09:54 muy bien es todo es muy amable. gracias.
09:54 ya no hay dudas gracias.
09:57 El SAT le agradece utilizar nuestros servicios, le atendió Juan Zapata, que tenga un buen día.
Info: Asistencia realizada por Juan Zapata Clique aquí para recibir la transcripción completa de la conversación.
Hola
Siempre he timbrado usando un CSD para firmar mis facturas y a partir de hoy ya no puedo timbrar, me da error «No esta autorizado a firmar … (LCO)»
¿Sabe alguien si hay que tramitar un nuevo CSD?
Saludos
Roger
Parece que ya quedó resuelto, ya puedo timbrar.
Si solicitamos el CSD, ¿podremos seguir utilizando esta herramienta, o ya se tendrá que adquirir un paquete de facturación?
Con sus sellos digitales, puede timbrar donde Ud. deseé.
Puede timbrar en la página del SAT y/o con algún proveedor de factura electrónica como nosostros ;)
//tienda.elconta.com/shop/categoria-producto/programas-facturas/
Saludos
Equipo de ElConta.Com
Bueno no todo esta perdido…en el caso de factuarcion esporadica regimen (RIF) puede facturar con su contaseña, sin fiel; como hasta ahora…
Hola, dice: Para las personas fisicas en SUSTITUCIÓN del CSD, PODRÁN utilizar el certificado de FIEL. Nos está dando a elegir entre uno y otro. Nunca dice deben utilizar. Creo que no es como dice el artículo, espero sus comentarios.
Hola.
Efectivamente dice PODRÁN pero lo que también es un hecho es que el SAT ya NO está recibiendo la FIEL para timbrar :-?
Si en realidad se desea timbrar se TIENE QUE realizarlo con los CSD (Certificados de Sello Digital) y nada mas.
Así son esos del SAT :evil:
siendo asi, las facturas o cfdi que ya se realizaron las debemos de cancelar? yo ocupo un paquete gratuito de «yo soy
pyme» de bbva por que la página del SAT sabemos que no tiene capacidad para atender roda la demanda gratuita y obligatoria que desean tener.
Buenas tardes, tengo un cliente que es RIF y factura mediante la pagina del SAT, con la FIEL, el no tendra problemas verdad??
Agradesco sus comentarios
No tendrá problemas, solo se podrá utilizar la FIEL para emitir CFDI con la herramienta del SAT y así lo viene haciendo el contribuyente
No se supone que los pac hacen esa validación? Recuerdo haberla visto en las reglas que forzosamente tenían que hacer los pac
Pero meter esa validación si no la tienen es muy fácil
Saludos
B DIA!
ESTA REGLA VA DIRIGIDA A TODAS LAS PERSONAS FISICAS QUE USEN EL CERTIFICADO FIEL Y TIENEN CONTRATADO ELSERVICIO DE TIMBRADO CON UN TERCERO. TODAS AQUELLAS PERSONAS FISICAS QUE FACTURAN POCO Y QUE USAN EL SISTEMA GRATUITO DEL SAT, SE MANTIENE IGUAL.
SALUDOS!!! TUXTLA GUTIERREZ
Pues; gracias uno todo taquicardio y estas cosas tan cambiantes…saludos
La disposición dice, podrá, y no deberá. Es una opción no una condición !!!
Así es, es opcional timbrar con la FIEL en la «herramienta gratuita del SAT» y solo ahí; para el resto es obligatorio usar CSD. Así es como se entiende.