¿Ya presentaste Enero 2017 en DyP y ahora quieres cambiarte a Mi Contabilidad? Así debes declarar.
¿Cómo deben presentar la declaración del mes de febrero los contribuyentes que ejercieron la opción con posterioridad a la presentación del pago provisional del mes de enero?
Respuesta:
Los contribuyentes que ejerzan la opción con posterioridad a la presentación del pago provisional del mes de enero de 2017; en el pago provisional del mes de febrero de 2017 deberán acumular los ingresos de los meses de enero y febrero, y disminuir el pago provisional que hayan enterado por el mes de enero.
Fundamento Regla 3.21.6.1. de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017.
Fuente: FAQ´s del SAT
¿Aún no te enteras de que es eso de «Mi Contabilidad» para Personas Morales del SAT?
Acá te lo decimos: