CFDi Complemento de Pago (REP). ¿Qué fecha le pongo si…? Acá te decimos:





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CFDI Complemento de pago (REP).

¿Qué fecha le pongo si…?

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El SAT responde en el Apéndice 7 Preguntas y Respuestas sobre el CFDI con complemento para recepción de pagos a las siguientes preguntas relacionadas con las fechas a colocar en Complemento de Pago:

¿Qué plazo se tiene para emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos también denominado «recibo electrónico de pago»?

Se debe emitir el CFDI con complemento para recepción de pagos a más tardar al décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago. Dado que el dato es un insumo para la determinación del IVA, se consideró un plazo similar al establecido para la declaración de dicho impuesto.

Fundamento Legal: Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos, publicada en el portal del SAT.

¿Se puede emitir un CFDI con complemento para recepción de pagos también denominado recibo electrónico de pago, con una fecha de pago a futuro?