Nuevo aplicativo: Mi Contabilidad del SAT para Personas Físicas. Qué, quién, como y el beneficio de aplicarlo.




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Ver PDF completo:  3a. RMRMF 2018 y sus Anexos 1-A y 23  

Publicado el 17 de septiembre de 2018

Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus Anexos 1-A y 23.


Usando el aplicativo luce así:

Si, es muy similar al aplicativo para Personas Morales en base a flujo de efectivo…

Y si gustas te puedes ir divirtiendo con su uso mediante el simulador que encontrarás aquí:

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 – – Actualización 1° Octubre de 2018 – –



14 comentarios
  1. Peisini
    Peisini Dice:

    Es una pesadilla esa aplicación, cuando hay gran número de facturas es un lío, depreciaciones ni se diga cuándo hay varios de ejercicios anteriores, y presumen que ya no necesitarán contador para determinar sus impuestos

  2. juan campos
    juan campos Dice:

    las personas fisicas que arrebasan los 2,000,000 ingresos anuales pueden utilizar este aplicativo, gracias

  3. Rosa
    Rosa Dice:

    Buenas tardes al enviar la declaración por mis cuentas me di Cta que no puse mis pagos provisionales, y al meter la complementaria me deja inactivo las retenciones tanto acumuladas como la mensual que debo hacer para meter las retenciones

  4. Andrea Favela del Angel
    Andrea Favela del Angel Dice:

    ¿Qué pasa con aquellas personas que no se encuentran obligados al envío de contabilidad electrónica y que anteriormente habían enviado aclaración para utilizar mis cuentas (trátese por ej. de régimen de honorarios, o AEyP pero sin rebasar los 4mdp, ¿están obligados ya a usar la aplicación y de no hacerlo enviar contabilidad electrónica? O puedo seguir como hasta ahora solo enviando mi DIOT y mi declaración de impuestos con el formato anterior (como mencioné contabilidad electrónica no ya que no tenía la obligación)

  5. CELINA PEREZ
    CELINA PEREZ Dice:

    EN EL CASO DE PERSONAS FISICAS QUE TIENEN INGRESOS POR HONORARIOS Y POR ARRENDAMIENTO, SE TIENE QUE HACER DOS DECLARACIONES? UNA POR CADA «CAPITULO»?

    • Milda Rojas
      Milda Rojas Dice:

      No, en la aplicación, ya tiene cargada la información de las facturas que emitiste por ambas actividades, unicamente debes completar la informacion solicitada para que las acumule, misma situacion con tus gastos.

      Saludos!

  6. ELOISA
    ELOISA Dice:

    ALGUIEN ME PUEDE DECIR SI TENGO DOS PAGOS QUE NO HE PRESENTADO LOS REALIZO COMO LO HE VENIDO HACIENDO

  7. alejandro ORTEGA ruiz
    alejandro ORTEGA ruiz Dice:

    OTRA MALDITA BURLA DEL SAT. SI LAS COSAS FUERAN COMO DICEN ESTARÍA PERFECTO. INSISTO CARCEL A LOS INEPTOS DE CADENA Y SANTIN Y QUE EL IMPC HAGA ALGO YA O QUE DESAPAREZCA

  8. YAMAHL CHAUL
    YAMAHL CHAUL Dice:

    HOLA BUENOS DÍAS,
    PERO AUN NO ESTA VIGENTE ÉSTA MODIFICACIÓN A LA RMF,
    NO HA SIDO PUBLICADA EN D.O.F.
    ESA FORMA DE ACTUAR DEL SAT NO ME SATISFACE, SE CREEN AUTORIDAD Y NO LO SON.

  9. Gabriel Hernández Pérez
    Gabriel Hernández Pérez Dice:

    Muy buena información que nos comparten respecto a la resolución miscelanea fiscal para 2018 en cuanto se refiere a la utilización del aplicativo «Mi contabilidad» para personas físicas, sobre todo porque esto permite a los contribuyentes personas físicas cumplir oportunamente con sus obligaciones fiscales sin necesidad de adquirir algún software Contable para el registro de su contabilidad y mas aún el envío de declaraciones informativas del DIOT.

    • Jorge Cuevas
      Jorge Cuevas Dice:

      Buen dia, el usar mi aplicativo mis cuentas sus beneficios serian no enviar conabililidad electronica y DIOT, no te dice que no debes llevar contabilidad, saludos

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