Derecho a la confidencialidad y protección de datos. – Derecho de los pagadores de impuestos –



4. Derecho a la confidencialidad y protección de datos.*

* Articulos 2, fracción VII, 3 y 10 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente; y 10, fracción IV, de la Carta de los Derechos del Contribuyente.

Significa que el contribuyente tiene derecho a que la autoridad tributaria resguarde con carácter reservado la información, datos, informes o antecedentes que los contribuyentes y terceros con ellos relacionados les proporcione, los cuales sólo podrán ser utilizados en los casos previstos por las leyes aplicables.

En este sentido, la Administración Tributaria, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, tiene la obligación de garantizar la protección de datos personales que estén en su poder, así como de permitir el acceso a los mismos, e incluso a su rectificación, corrección u oponerse a su difusión o a cierto tratamiento, mientras no se establezca lo contrario en la ley.

El derecho a la confidencialidad y protección de datos también implica que el contribuyente tiene derecho a acceder a los registros y documentos que forman parte de un expediente abierto a su nombre y que obren en los archivos administrativos, cuando tales expedientes correspondan a procedimientos terminados a la fecha de la solicitud.

Por último, aun cuando la Administración Tributaria informa al INEGI sobre los datos estadísticos agregados sobre el ingreso, impuestos, deducciones y otros datos relevantes de los contribuyentes, debe respetar la confidencialidad de los datos individuales.

Ver también: 

Los 10 Derechos básicos de los Pagadores de Impuestos – PRODECON –

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