A partir del 1 de Abril de 2015. Nuevo salario mínimo en área geográfica B
REVISIÓN DE LOS SALARIOS MÍNIMOS GENERALES Y PROFESIONALES PARA CERRAR LA DIFERENCIA ENTRE LOS SALARIOS DE LAS DOS ÁREAS GEOGRÁFICAS
● Por iniciativa del Congreso de Trabajo, del Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México y de los Representantes de los Trabajadores ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) y con el respaldo del sector patronal y del Gobierno de la República, el Consejo de Representantes de la CONASAMI resolvió revisar los salarios mínimos generales y profesionales vigentes en el área geográfica “B”, para acortar la diferencia que los separa de los vigentes en el área geográfica “A”.
● A partir del primero de abril de 2015, el salario mínimo general en el área geográfica “B” será de $68.28 pesos diarios ($1.83 pesos diarios más) y en el área geográfica “A” se mantiene el actual salario mínimo de $70.10 pesos diarios.
● Los sectores representados en este Consejo nos comprometemos a llevar a cabo la conclusión del proceso de convergencia de los salarios mínimos de las áreas geográficas A y B a partir del próximo mes de octubre del 2015, para llegar a un solo salario mínimo general en todo el país, el de la actual área geográfica A, y a un solo salario mínimo profesional, el de la actual área geográfica A, para cada una de las ocupaciones comprendidas en el Listado de profesiones, oficios y trabajos especiales para los que rigen salarios mínimos profesionales, respetando lo establecido en el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo que respecta al empleo, en 2014 se crearon más de 714 mil empleos formales, es decir 54% más de los creados en el 2013. En enero del 2015, resultan alentadoras las cifras que ha dado a conocer el Seguro Social: 60 mil puestos de trabajo formales, casi tres veces más que los que se crearon en 2013 en el mes de enero.
El salario mínimo general que aplicará a partir del 1º de abril del 2015 en el área geográfica “B” será de $68.28 pesos diarios, es decir $1.83 pesos diarios más al actual de $66.45 pesos diarios.
Este salario aplicará en entidades federativas como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; así como en municipios específicos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz que no estén en el área geográfica “A”, es decir en 2,341 municipios de los 2,461 que existen en el país, agregando para este efecto como municipios a cada una de las 16 Delegaciones del Distrito Federal.
A continuación se presentan algunos casos que ejemplifican las modificaciones de que fueron objeto los salarios mínimos profesionales dentro del área geográfica “B”.
Profesiones, oficios y trabajos especiales
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Salario Mínimo Profesional
Área Geográfica B (pesos diarios) 2015 |
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1 de enero
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1 de abril
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Oficial de albañilería | 96.85 | 99.51 |
Operador(a) de buldózer y/o traxcavo | 101.85 | 104.65 |
Chofer de camión de carga en general | 99.20 | 101.92 |
Oficial de Herrrería | 93.20 | 95.76 |
Operador(a) de Maquinaria Agrícola | 97.55 | 100.23 |
Oficial Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones | 100.65 | 103.41 |
Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje | 83.60 | 85.90 |
Reportero(a) en prensa diaria impresa | 198.80 | 204.26 |
Secretario(a) auxiliar | 100.20 | 102.95 |
Soldador con soplete o con arco eléctrico | 95.50 | 98.12 |
Fuente: CONASAMI