Arrendamiento en Mis Cuentas. ¿Debo enviar mi contabilidad electrónica mensualmente ?



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En nuestra “nueva ley suprema” la sección de preguntas frecuentes del SAT un contribuyente hace el siguiente cuestionamiento:

Si tributo en el régimen de arrendamiento y utilizo el apartado Mi Contabilidad en Mis Cuentas, ¿estoy obligado a envía mensualmente la información contable?

Respuesta de la autoridad fiscal:

No, ya que la obligación se cumple cuando se registra la contabilidad a través de Mis Cuentas, siempre que se presente a más tardar el 31 de diciembre de 2016, un caso de aclaración con el que se ejerza la opción de utilizar Mis Cuentas.

Fundamento legal:

(619 KB) regla 2.8.1.5. de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, (579 KB) reglas 2.8.1.6., primer párrafo y 2.8.1.7., primer párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, (75 KB) regla 2.8.1.19 de la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y (1.53 MB) artículo Sexto Transitorio de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.

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