Reconocer los impuestos a la utilidad cuando se devengan y no cuando se pagan.
IMPUESTOS A LA UTILIDAD – Reconocimiento contable – Por C.P.C. Francisco Antonio Castro y del Valle Integrante de la Comisión de Investigaciónde Información [email protected] :arrow: www.ccpm.org.mx De acuerdo con el postulado de devengación contable, deben reconocerse contablemente, en su totalidad, los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras, […]