Entradas de] El Conta

El ADN Digital: La Nueva Administración Tributaria en México (Libro descarga gratuita)

En esta obra se detalla la evolución de la autoridad fiscal, desde la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones, uso de la contabilidad y factura electrónica, hasta llegar al Buzón Tributario y auditorías electrónicas, y explica con una manera sencilla de entender lo que la autoridad fiscal ha hecho en materia tecnológica en los últimos años.

¿5 Días para revisar notificación en Buzón Tributario? Jurisprudencia

El que los contribuyentes contarán con 5 días para abrir los documentos digitales pendientes de notificar pues, de no hacerlo, la notificación electrónica se tendrá por realizada al sexto día, contado a partir del día siguiente a aquel en el que fue enviado el referido aviso. Ahora bien, dicha regla es de naturaleza autoaplicativa…

Video: Buzón Tributario, lo que viene…

En el marco del ForoConexión 2016 se llevó a cabo el Taller 4 en el cual se trató el tema de Buzón Tributario. Los momentos mas interesantes: Minuto 03:00 Presentación del expositor del taller, el Lic. Miguel Ángel Aquino (Lider de Proyecto Buzón Tributario del SAT) Minuto 07:00 Explicación de lo que es el Buzón Tributario. […]

Toma las riendas del negocio. Los profesionales de finanzas como asesores de negocios.

AUTOR ORIGINAL: Jack Hegel Visto primero en: Revista Veritas (Clic para descargar) Los profesionales de las finanzas deben desarrollar una agudeza que se manifieste en la capacidad tomar decisiones estratégicas más seguras. Los años recientes han presenciado una incertidumbre sin precedentes. El incesante ritmo de cambio en el comercio mundial, el entorno de regulación y la tecnología incluso las expectativas sociales de […]

En bienes inmuebles los conflictos legales se dirimen en base a su ubicación.

Si las partes en un contrato se sometieron expresamente a la competencia de determinados tribunales y el inmueble materia de la litis tiene su ubicación en distinto Estado al señalado por la competencia, en términos de lo dispuesto por el artículo citado, la controversia se debe regir por la ley sustantiva del lugar de su ubicación.