En revisión de gabinete se advierte la suspensión del plazo debe constar en acta circunstanciada.
Época: Décima Época Registro: 2007210 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación Publicación: viernes 15 de agosto de 2014 09:42 h Materia(s): (Administrativa) Tesis: XI.1o.A.T.32 A (10a.) REVISIÓN DE ESCRITORIO O GABINETE. LA AUTORIDAD FISCAL DEBE CONSIGNAR EN OFICIO LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA CONCLUIRLA Y SU […]