Calculo pagos provisionales Arrendamiento 2010 -ISR,IVA Y IETU-





arrendamiento

Hola colegas y demás interesados, aquí les dejo una de mis herramientas más sencillas pero BASTANTE útil a la hora de determinar los pagos provisionales de impuestos, para aquellos que obtienen ingresos en base al ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES:

Para utilizarlo solo debes ingresar la suma total de los ingresos recibidos en la casilla de color amarillo y al terminar darle un enter, automáticamente se realizará el cálculo y al final del recuadro te arrojará los valores que deberás pagarle a hacienda. ¿Así o más fácil?

Nota: Este cálculo es para el arrendador que YO llevó, a el no le importa deducir …. ( hasta ahora :roll: , con esto del IETU :-S) ya que siempre la deducción ciega para ISR le beneficiaba mucho. Por lo tanto para IETU no estoy considerando las deducciones que TU ARREENDADOR si pudiese tener, así que solo es cuestion que se las deduscas a la base de IETU y es todo. Úsalo, pero como contadores que somos, dale un doble check.

No se te olvide que puedes usar la funcion de Full Screen (en la esquina de la hoja) para ver el calculo de manera más amplia.

:arrow: ACCEDE AL CÁLCULO

Notas:

  • El archivito tarda un poco en aparecer, así que sé paciente.
  • No muevas nada más en esta cédula porque hechas a perder el cálculo
  • Para ver mejor la información, dale un click donde dice «Full Screen View» (esquina superior derecha)


  • 79 comentarios
    1. cesarrr
      cesarrr Dice:

      ola amigo, soy persona de actividad empresarial y profesional, y en mi s calculos siempre me sale a pagar ietu, isr me sale a favor e iva me sale a favor, pero el caso es que mi saldo a pagar de ietu es mucho menor que mi iva a favor, existe algun problema ai?? o que situacion se presenta. gracias.

    2. sara
      sara Dice:

      buenas tardes, tengo una duda, tengo 2 actividades, rento y estoy en reg.intermedio, pero para el calculo del IETU, mis ingresos son acumulados? y de ser asi, sumo la de mis 2 actividades? o se hace por separado? gracias

    3. yolanda Mariche
      yolanda Mariche Dice:

      A quíen corresponda:
      hace rato que termine la escuela y ya estoy muy atrasada con las actividades de un contador quiero actualizarme me puedes proporcionar un par de ejemplos de pagos de impusto actuales que existen en nuestro país en especial de regimen empresarial de como se sacan. iva, e isr yo tengo experiencia en pagos al estado, imss e infonavit. mil gracias por tu atenciíon

      • El Conta
        El Conta Dice:

        @Yolanda:

        Toda esta página esta LLENA de esos ejemplos que buscas.

        Por favor utiliza la herramienta de búsquedas ;)

        Saludos y suerte.

    4. andres langarica
      andres langarica Dice:

      mi pr3gunta es en 2010 adquiri un automovil el cual me fue robado en el 2011 por lo cual el seguro del auto me pago 175000.00 tengo entendido que se considera como ingreso para ietu mi pregunta es que tengo derecho a deducir para ietu en 2011 para el pago de marzo o como le puedo hacer para bajar la base grabable en el ietu

    5. ELIAS
      ELIAS Dice:

      buenas tardes me podrian apoyar con decirme cuales son las deducciones autorizadas del ietu para persona moral

    6. martha
      martha Dice:

      hola buenas tardes:
      mi duda es con el cálculo del ietu se deben acumular los ingresos mes con mes o solamente los ingresos del mes

    7. VICTOR
      VICTOR Dice:

      Hola, necesito saber como elaborar una factura de arrendamiento de un local – oficina

      tengo entendido que es así:

      importe 1000
      iva 116
      ret 10% -100
      total 1016 .00

      Pero ahora me dicen que debo retener IETU

    8. esther.
      esther. Dice:

      hola:como puedo saber si hacienda me hace devoluciones y que tiempo tardan en regresar lo de retencion de impuestos,y como puedo cambiar mi numero clave para hacienda lo que pasa que mi contador dio dato pero de él eso es aceptable.favor pido pueda ayudarme.

      • El Conta
        El Conta Dice:

        @esther

        Para lo de las devoluciones, te invito a darle una búsqueda en este blog, he escrito varios artículos relativos a lo que preguntas.

        Las claves (me imgaino que te refieres a la CIECF) las cambias en tu oficina del SAT que te corresponda, solo lleva tu ife (si eres persona física) ó IFE + poder notaria (si eres persona moral) es un trámite sencillo.

        Saludos ;)

    9. El Conta
      El Conta Dice:

      Hola, lamentablemente no le puedo ayudar con tan poca información. (necesitaría revisar TODA su contabilidad en lo particular)

      Aunque, esto funciona mas o menos así: Ingresos-Deducciones=Base de Impuesto * porcentaje de impuesto.

      Si Ud no tiene manera de sustentar sus deducciones, con la pena pero deberá pagar impuestos :-?

      Saludos y suerte.

    10. Correoexpresso
      Correoexpresso Dice:

      buen noche contador me puede ayudar tengo una duda soy del regimen intermedio y tambien estoy como sueldos y salarios voy a presentar declaracion anual pero al acumular mis ingresos y hacer el calculo me determina impuesto por pagar ya incluyendo deduciones retenciones y pagos prov. aun me da cantidad a cargo y es mucho es correcto que me de tanto, como le puedo hacer para disminurlo gracias

    11. El Conta
      El Conta Dice:

      Es correcto, ellos (la persona moral) deberán retenerle el 10% de ISR.

      Ejemplo:
      Importe 1000
      Ret. 10% ISR 100
      Importe neto a recbir 900

      No hay IVA porque se trata del arrendamiento de una casa habitación (Exento) Art. 20 Fracc. II de la LIVA

      Saludos ;)

    12. Principiente
      Principiente Dice:

      Hola conta, buen dia, ojala pueda apoyarme, quiero rentar una casa semi amueblada a una persona moral que la ocupara para uso habitacional, me comenta que tiene la obligacion de retenerme el 10% vi su archivo que (mil gracias) nos proporciona, estoy en Queretaro, Qro. como se desglosa el recibo de honorarios? y es correcto la retención que me hacen mención?

    13. Sebastian
      Sebastian Dice:

      Hola conta ojala me pueda ayudar con esta duda. Recibi la cantidad de $26,000 pero me pidieron factura la cual se la tuve que pedir a un amigo que tiene un negocio porque yo no utilizo facturas.

      ¿Cuanto le tengo que dar a mi amigo para que el no absorba impuestos como el IVA y el IETU???

      Ojala me ayude.

      Saludos

    14. Sebastian
      Sebastian Dice:

      Hola conta ojala me pueda ayudar con esta duda. Recibi la cantidad de $26,000 pero me pidieron factura la cual se la tuve que pedir a un amigo que tiene un negocio porque yo no utilizo facturas.

      ¿Cuanto le tengo que dar a mi amigo para que el no absorba impuestos como el IVA y el IETU???

      Ojala me ayude.

      Saludos

    15. Paria Ss_555
      Paria Ss_555 Dice:

      HOLA CONTA

      TENGO UNA DUDA, SI YO TENGO UN AUTOMOVIL EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO ES DEDUCIBLE AL 100% LAS MENSUALIDADES QUE PAGUE

    16. Juan_bastida
      Juan_bastida Dice:

      hola conta

      Los salarios pagados por arrendatarios estan topados al 10% de los ingresos recibidos. cual es tu opinion respecto a las cuotas imss e impuestos locales?, tambien se topan al 10% de los ingresos?. Mi opinion es que no, solo los salarios conforme lo menciona la ley. Y para ietu?

    17. CARLOS FERNANDEZ
      CARLOS FERNANDEZ Dice:

      para agradecerte por el tiempo que empleas para que otros como nosotros estemos enterados de estos calculos.

      cuendo se transmite el conocimiento de esta manera tan desinteresada , se hace mas grande y benefico para la parte que lo otorga:.

      NOTA DEL ADMINISTRADOR:
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      Gracias.

    18. yolanda
      yolanda Dice:

      buenas tardes contador, me podria mandar informacion de como calcular los impuestos del 2009 a la fecha, porque el contador que tenia no hizo todos las declaraciones y se me desaparecio, ahora tengo un buen problema ya que tengo que hacer todas las declaraciones y ni idea de todo lo que tengo que pagar, si ud. me hace el favor de explicarme, yo estoy en el regimen de honorarios. de antemano gracias por apoyar a toda la gente.

    19. Pablo
      Pablo Dice:

      Estimado contador, tu deberías recibir un honorario por todos los … del SAT que no hacen esto por el contribuyente y tu lo hacer como labor social.
      El Sr Cordero debía mandarte un cheque en lugar de mantener tanto talegón en SAT.

      Saludos

    20. El Conta
      El Conta Dice:

      @Omar Aguilar:

      Veo bien tu cálculpara tu recibo de arrendamiento para que recibas 13 mil netos.

      En el cálculo de impuestos deberás poner los 13,363.37 para determinarlos.

      Saludos ;)

      En la

    21. Omar Aguilar
      Omar Aguilar Dice:

      Contador, Muchas gracias por éste apoyo que tenemos para el calculo, Dios lo bendiga.

      Voy a rentar una casa habitacion amueblada y quiero recibir 13,000 pesos
      Entonces el recibo debe quedar así:
      Importe 13,636.37
      IVA 16% 2,181.82
      Subtotal 15,818.19
      Ret. ISR 10% 1,363.64
      Ret. IVA 1,454.55
      Neto a pagar 13,000.00

      En el formato para calculo de pagos provisionales ¿qué debo poner el la celda D9 que dice «Total Ingresos Arrendamiento»? ¿13,636.37 ó 13,000?

      Gracias.

    22. JORGE GONZALEZ
      JORGE GONZALEZ Dice:

      por que en los pagos provisionales de ietu, se pueden restar las retenciones de isr y en la anual no, yo presente todos mis pagos de ietu restandole las retenciones y en la anual me sale a pagar ietu..por que la declaracion anual no trae un apartado para restarcelas

    23. carlos arreola
      carlos arreola Dice:

      ¿Quién paga el isr, iva, y el ietu, el arrendador o el arrendatario, hay alguna condicionante para no pagar alguno de ellos? Gracias

    24. El Conta
      El Conta Dice:

      @CLAUDIAO

      Recuerda que al IETU le tienes que restar el ISR efectivamente pagado ya sea por vía de las retenciones que te hicieron + los pagos provisionales (que no hiciste) + el pago de ISR de la declaracion anual.

      Practicamente si pagas los dos pero OJO debes restar lo que te comenté arriba.

      Saludos y suerte ;)

    25. CLAUDIAO
      CLAUDIAO Dice:

      Hola! Buenas tardes, mi pregunta es si yo me opte por no pagar isr y ietu mensulaes por la regal 17.0 y al calcular la anual me salen a pagar en los dos impuestos . Se tienen que hacer los dos pagos o solo pago el mayor segun un comentario que lei, pero en que me baso para hacer esto, de antemano gracias

    26. marcia gonzalez
      marcia gonzalez Dice:

      en el calculo del ietu para arrendamiento no hay un renglon para los pagos previos del ietu, que se dan en el listado solo aparece el calculo del ietu, mas el isr pagado mas retenido como aplico los pagos anteriores del ietu

    27. hector perez
      hector perez Dice:

      Buenas Tardes. Espero que e puedan ayudar con una cedula para el calculo anual 2010 de una pf arrendamiento , cabe mencionar que opte por no realizar los pagos provisionales de ISR y IETU, de acuerdo a la Regla Miscelanea 17.10.
      Gracias

    28. yigael
      yigael Dice:

      hola espero me puedan ayudar tengo una accesoria y no se como calcular los impuestos del isr ietu e iva, tambien quiero saber si existen descuentos que podria aplicarse a mi pago tengo 76 años y quiero hacer yo el pago y registro atraves del sat para ahorrarme algo de dinero espero y me ayuden.

    29. NATHALIE
      NATHALIE Dice:

      Hola Contador. Buenas Noches. Para ser concreta. Antes de comentar, le agradezco su página porque es de mucha utilidad. Voy a rentar un local, ya hice el cálculo sobre una base de $10,000 mensuales y el resultado fué de $1,283. Mi duda es ¿cúal es el porcentaje que se cobra por ISR? Y por IETU? en el caso del D.F. y en el caso de Tlaxcala. Le agradezco mucho la atención a la presente. Muchas Gracias.

    30. grisell lopez mendoza
      grisell lopez mendoza Dice:

      Hola buenas noches quisiera me pudiera orientar: Yo compre una casa a traves de un intermediario era una casa en litigio, en fin la escritura sale por $75,000. aunque yo pague más pero me dijeron que era para respetarme el precio etc. eso fue el año pasado pero la escritura apenas me la dan este marzo, pero ahora tengo un problema de salud y la necesito vender, yo le inverti bastante y no sabia del impuesto, ahora me dicen que debo pagar el ietu pero perderia mucho mi pregunta es esta es la primera vez que lo haria y pienso venderla en $290,000 . tengo que pagarlo ?es mucho y ni siquiera recupero lo que le gaste y quiero saber por que si no tal vez sea mejor hipotecarla ayudenme por fas gracias!!!

    31. El Conta
      El Conta Dice:

      @antonio:

      No le hagas caso al Art. 114, ya dentro del cálculo no se esta tomando en cuenta.

      ¿Pórque aparece?
      Porque en cierta manera el cálculo para Arrendamiento/Honorarios Es muy similar al cálculo para ISPT (excepto la aplicación del Art. 114) y cuando se hizo esta cédula se tomó como base la del ISTb (que ya la tenía hecha..)

      Y la verdad, no he tenido tiempo para ponerme a moverle a los formatos… :-?

      Saludos.

    32. El Conta
      El Conta Dice:

      @antonio:

      No le hagas caso al Art. 114, ya dentro del cálculo no se esta tomando en cuenta.

      ¿Pórque aparece?
      Porque en cierta manera el cálculo para Arrendamiento/Honorarios Es muy similar al cálculo para ISPT (excepto la aplicación del Art. 114) y cuando se hizo esta cédula se tomó como base la del ISTb (que ya la tenía hecha..)

      Y la verdad, no he tenido tiempo para ponerme a moverle a los formatos… :-?

      Saludos.

    33. antonio
      antonio Dice:

      buenos dias. disculpa faro viejo una pregunta… porque en el calcula de arrendamiento despues de calcular conforme la table del art 113 aplicas la del 114?? pero este articulo ya esta derogado…. cual es la intencion dime por favor ya quisiera utilizar tu formato pero quiero despejar todas mis dudas
      saludos desde merida yucatan

    34. contadora
      contadora Dice:

      Hola buenas tardes, mi pregunta es, soy persona fisica y tengo 6000 de rentas de ingreso y una refaccionaria, como debo calcular mis impuestos por que mi contador me separa las rentas de los otros ingresos, y para mi deberia unirlos (sumarlos) y quitar todas mis deducciones, no es asi?

    35. C:P: Cesareo Humberto Luna Larrinaga
      C:P: Cesareo Humberto Luna Larrinaga Dice:

      Que bueno que podemos comentar las soluciones que se pueden tomar en el caso de problemas fiscale siempre es mejor ver los criterios de mas contadores al tomar una decision que puede afectar en un problema fiscal muchas gracias

    36. JUAN F.
      JUAN F. Dice:

      buenas tardes conta, para calcular la base de arrendamiento cedular al estado de guerrero se incluye ambas partes, es decir, casa-habitacion : $ 3,000.00
      local comercial: $ 3,000.00

      la base seria de 6000? incluyendo parte exenta y gravada? gracias saludos

      NOTA DEL ADMINISTRADOR:
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      Por favor desactiva el bloqueo de mayúsculas cuando escribas tus comentarios.
      Gracias.

    37. Judith
      Judith Dice:

      Buenas tardes:

      Con eso del cambio del porcentaje del IVA tengo una duda con respecto a arrendamiento, pues yo expido recibos pero no realizo retenciones sólo applico el 16% de iva y ya, mi duda es si tengo un ingreso de 3000 por una accesoria a esta cantidad le aplico el 16% de iva y el monto resultante es lo que aplico para pago del mismo y ya así nadamas ?

      me podría orientar contador no sabe cuanto se lo voy a agradecer.

      buen día

    38. javier L
      javier L Dice:

      bueno mi pregunta es: es cierto o no que si el ietu es mayor a pagar que el isr ya no se tiene que pagar el isr?.
      espero me pueda responcer esa duda gracias

    39. martha
      martha Dice:

      hola gracias por esto esta fabuloso y ahora digo ya dios me ayudo. siempre insegura ahora satisfecha por fin puedo rectificar mi trabajo; que dios los bendiga por esto

    40. mireya
      mireya Dice:

      hola, qlguien tiene un formato para el calculo de ietu 2010 para personas morales????? saludos y gracias

    41. GONZALO
      GONZALO Dice:

      Tengo entendido que para el cálculo del IETU se deben de tomar en cuenta las deducciones autorizadas en el mes, no importa que para el cálculo del ISR haya optado por la deducción ciega. En su ejemplo Ud. calculó el IETU tomando como base para el cálculo el total de los ingresos… ¿ o es que Ud. consideró que no hubo gastos ?

    42. adriana
      adriana Dice:

      tengo una duda con el ietu, para determinar el credito por cuotas imss, solo se considera el pago cuotas imss y rcv e infonavit se consideran para efectos de determinar el credito?

    43. Yazmin
      Yazmin Dice:

      Hola Conta …. Buenas Tardes .. una pregunta, aparte de agradecerte la facilidad y la Forma de enseñarnos, vi esta tabla que tienes para el calculo de arrendamiento 2010, pero no es lo mismo para zona Fronteriza cierto..?? o tienes en otra aplicacion la tabla, me ayudas porfavor.

      Gracias un saludo y mil gracias por Todos los que nos beneficiamos con tu pagina..!!! :D

    44. Melissa
      Melissa Dice:

      Hola a todos… pues escriibo porque tengo dudas sobre cómo calcular mi pago de impuestos. Antes me los calculaba mi cuñado pero ya no, la idea es que en el mes de enero me pagaron $23,ooo que se me adelantaron del periódo enero-abril y no se cómo calcular lo que debo pagar al sat.
      Ayudenme porfa!

    45. MARTIN
      MARTIN Dice:

      recientemente vendi una fraccion de un predio rustico, la venta estuvo valuada para efectos catastrales y notariales en $70,000.00, el notario me dice que tengo que pagar casi $14,500.oo de isr, la propiedad la adquiri en el junio del 2006, son 60 hectareas y vendi en enero del 2010, 4-89-72 hectareas, podria ayudarme con este problema.

      por su atencion, de antemano gracias

    46. ROBERTO
      ROBERTO Dice:

      es verdaderamente desesperante el que el sat nos etè cambiando los programas informativos de conceptos para el càlculo de ietu cada vez que a algùn muñeco de esa dependencia se le activa la neurona, èste nos lo habìan cambiado en octubre 2009 y ahì me atorè, despuès instalè la versiòn 1.1.2, que nunca funcionò y ahora creo que estàn hablando de la versiòn 1.2.0, todo esto en solo cuatro meses, vaya falta de seriedad del sat.
      o pensando mal, serà estrategia para hacernos caer en error y asì tener bases para imponernos multas?.

    47. jose corona cortez
      jose corona cortez Dice:

      comentario con respecto a que debe desaparecer un impuesto de los dos isr y ietu ya que como decia se didce es inconstitucional cobrar dos impuestos sobre el mismo concepto creo que en si el isr esta practicamente desaparecido ya que al momento de realizar los pagos u declaraciones estos dos se enfrentan y solo se paga el que sea la mayor cantidad gracias

    48. jose corona cortez
      jose corona cortez Dice:

      comentario con respecto a que debe desaparecer un impuesto de los dos isr y ietu ya que como decia se didce es inconstitucional cobrar dos impuestos sobre el mismo concepto creo que en si el isr esta practicamente desaparecido ya que al momento de realizar los pagos u declaraciones estos dos se enfrentan y solo se paga el que sea la mayor cantidad gracias

    49. Alejandro Rodriguez
      Alejandro Rodriguez Dice:

      Contador.

      Soy dueno de un consultorio y en febrero van a rentarmelo yo les pido que me quede a mi 6000 pesos, ellos quieren deducir los gastos de renta del consultorio. Como debe quedar el recibo de arrendamiento y cuanto me tienen que pagar para que yo obtenga despues de IVA y IETU la cantidad que queiro de 6000 pesos.

    50. Alejandro Rodriguez
      Alejandro Rodriguez Dice:

      Contador.

      Soy dueno de un consultorio y en febrero van a rentarmelo yo les pido que me quede a mi 6000 pesos, ellos quieren deducir los gastos de renta del consultorio. Como debe quedar el recibo de arrendamiento y cuanto me tienen que pagar para que yo obtenga despues de IVA y IETU la cantidad que queiro de 6000 pesos.

    51. jose corona cortez
      jose corona cortez Dice:

      comentario con respecto al ietu segun el libro que escribio el contador publico cesar gonzalez cantu el dice que es inconstitucional cobrar 2 impuestos a la vez como son el ietu y el isr desde el inicio de este nuevo impuesto se decia que desapareseria uno u otro pero hasta ahorita no gracias

    52. GE
      GE Dice:

      gracias por tu aportacion jose fijate que encontre este fundamento en la ley miscelanea publicada el 31 de diciembre del 2007 y efectivamente establece que tanto en isr como ietu se esta excento de dicho pago.

    53. GE
      GE Dice:

      gracias por tu aportacion jose fijate que encontre este fundamento en la ley miscelanea publicada el 31 de diciembre del 2007 y efectivamente establece que tanto en isr como ietu se esta excento de dicho pago.

    54. jose corona cortez
      jose corona cortez Dice:

      comentario y duda el art 143 tercer parrafo de la Lisr dispone que los contribuyentes que unicamente obtengan ingresos por otorgar el uso ogose temporalde inmuebles cuyo monto mensual no exeda no exeda de diez salarios minimos generales vigentes en el distrit federal elevados al mes no estaran obligados a efectuar pagos provicionales de ese impuesto la regla 17.10de la resolucion miselanea fiscal señala que en tal caso tambien quedan relevados de la obligacion de presentar pagos provicionales de ietu en que conciste esto es quedar exentos de pago de ietu acaso

    55. jose corona cortez
      jose corona cortez Dice:

      comentario y duda el art 143 tercer parrafo de la Lisr dispone que los contribuyentes que unicamente obtengan ingresos por otorgar el uso ogose temporalde inmuebles cuyo monto mensual no exeda no exeda de diez salarios minimos generales vigentes en el distrit federal elevados al mes no estaran obligados a efectuar pagos provicionales de ese impuesto la regla 17.10de la resolucion miselanea fiscal señala que en tal caso tambien quedan relevados de la obligacion de presentar pagos provicionales de ietu en que conciste esto es quedar exentos de pago de ietu acaso

    56. GE
      GE Dice:

      no lo habia considerado asi pero me dio la pauta a tomar una desicion y fijese que opino lo mismo que usted sobre el pago y al finalizar creo que lo mas conveniente seria apegarme conforme al articulo 8 parrafo. IV
      Me gustaria aportar una idea a su pagina de internet por que no pone un bloque para hablar sobre temas especificos seria bueno la retroalimentacion de muchos de nosotros con experiencias laborales de mas compañeros.
      gracias

    57. GE
      GE Dice:

      no lo habia considerado asi pero me dio la pauta a tomar una desicion y fijese que opino lo mismo que usted sobre el pago y al finalizar creo que lo mas conveniente seria apegarme conforme al articulo 8 parrafo. IV
      Me gustaria aportar una idea a su pagina de internet por que no pone un bloque para hablar sobre temas especificos seria bueno la retroalimentacion de muchos de nosotros con experiencias laborales de mas compañeros.
      gracias

    58. El Conta
      El Conta Dice:

      @GE:

      Hola, gracias por participar.

      Efectivamente estan exentos por ese importe (57.46 * 30= 1723.80 *10 = $17,238 para lo referente al pago provisional. (Si fuera ese mi caso, yo presentaría una declaración estadistica para ese concepto, y en el motivo pondría ese fundamento de excepción..)

      No es que NO pagues el impuesto… lo que pasa es que solamente no estas realizando el pago provisional. En el impuesto anual el fisco te exigirá sus impuestos, pero si no hiciste pagos provisionales obviamente no los reducirás y pagarás el impuesto anual prácticamente en una sola exhibición.

      Toma como base esta cálculo que el SAT publicó en su página de internet:

      http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_arrendamiento/12_202.html

      Dónde hacen un cálculo considerando un ingreso acumulable de $176,400, que dividido entre 12 meses es $14,700 pesos, que coincidentemente es muy similar al importe que tu estas considerando.

      Espero haberte ayudado un poquito.

      Saludos ;)

    59. GE
      GE Dice:

      lei el aritculo 143 de LISR y me establece textualmente en el parrafo 4to. lo siguiente Los contribuyentes que únicamente obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes,
      no estarán obligados a efectuar pagos provisionales. Si es entonces el monto menor a esa cantidad solo estoy sujeto a la declaracion anual. ahora surge otra ¿que pasa si obtengo ingresos por 14000? que es menor y como pago el impuesto o me amparo con este articulo y no pago. por que debe de acarrear una consecuencia. de no pagar mis impuestos.

    60. GE
      GE Dice:

      lei el aritculo 143 de LISR y me establece textualmente en el parrafo 4to. lo siguiente Los contribuyentes que únicamente obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes,
      no estarán obligados a efectuar pagos provisionales. Si es entonces el monto menor a esa cantidad solo estoy sujeto a la declaracion anual. ahora surge otra ¿que pasa si obtengo ingresos por 14000? que es menor y como pago el impuesto o me amparo con este articulo y no pago. por que debe de acarrear una consecuencia. de no pagar mis impuestos.

    61. Sergio Sanchez
      Sergio Sanchez Dice:

      Felicidades por el aporte y sobre todo por compartir conocimiento para los demas, una sugerencia mis dudas y ocntra dudas para el calculo de Regimén intermedio con el ISR, sería muy bueno contar el calculo en linea para los pagos provisionales del 2008, 2009 y 2010……
      Tal así como el que esta el calculo de Arrendamiento, ya que me sirvio de mucho por lo que respecta al iva las dos terceras partes, mil gracias y felicidades

    62. Sergio Sanchez
      Sergio Sanchez Dice:

      Felicidades por el aporte y sobre todo por compartir conocimiento para los demas, una sugerencia mis dudas y ocntra dudas para el calculo de Regimén intermedio con el ISR, sería muy bueno contar el calculo en linea para los pagos provisionales del 2008, 2009 y 2010……
      Tal así como el que esta el calculo de Arrendamiento, ya que me sirvio de mucho por lo que respecta al iva las dos terceras partes, mil gracias y felicidades

    63. El Conta
      El Conta Dice:

      Al importe que te resulte en el cálculo de IETU, deberás reducirle el importe de ISR efectivamente pagado.

      Primero deberás pagar ISR y posteriormente IETU.

      Saludos :)

    64. Guirindee
      Guirindee Dice:

      al ver los calculos que efectuo para el ejercicio 2010 con referente a arrendamiento en el rubro de ietu,veo que en la columna 49 de la tabla esta considerando la cantidad de $1,101.40 mismo que esta deduciendo para el calculo del isr, mi pregunta es » no se esta considerando doble esta retencion ?»

      NOTA DEL ADMINISTRADOR:
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      Gracias.

    65. Guirindee
      Guirindee Dice:

      al ver los calculos que efectuo para el ejercicio 2010 con referente a arrendamiento en el rubro de ietu,veo que en la columna 49 de la tabla esta considerando la cantidad de $1,101.40 mismo que esta deduciendo para el calculo del isr, mi pregunta es » no se esta considerando doble esta retencion ?»

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      Gracias.

    66. El Conta
      El Conta Dice:

      Dice:

      «Tu nombre de usuario debe ser entre la a-z y entre 0-9»

      Es decir que solo puedes crear un usuario con caracteres alfanúmericos (a excepción de los caracteres _.-) , no diagonales, asteriscos, etc.

      Espero haberte ayudado :blush:

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