CFDI Carta Porte. Se publican serie de reglas misceláneas relativas a



TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021

TERCERA VERSIÓN ANTICIPADA

Se reforman las reglas 2.7.1.7., 2.7.1.9. y 13.5., y se adicionan las reglas 2.7.1.51.; 2.7.1.52.; 2.7.1.53.; 2.7.1.54.; 2.7.1.55.; 2.7.1.56. y 2.7.1.57., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

  • 2.7.1.7. Requisitos de las representaciones impresas del CFDI

  • 2.7.1.9. CFDI de tipo ingreso con el que se acredita el transporte de mercancías

  • 2.7.1.51. CFDI con el que los propietarios, poseedores, tenedores, agentes de transporte o intermediarios pueden acreditar el traslado de bienes o mercancías

  • 2.7.1.52. Traslado local de bienes o mercancías

  • 2.7.1.53. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de paquetería o mensajería

  • 2.7.1.54. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de traslado de fondos y valores a nivel local

  • 2.7.1.55. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de grúas, servicios auxiliares de arrastre y salvamento a nivel local

  • 2.7.1.56. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte o distribución de hidrocarburos o petrolíferos a nivel local

  • 2.7.1.57. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte consolidado de mercancías

  • 13.5. Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos

Se reforma el Transitorio Décimo Primero de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 3 de mayo de 2021, para quedar como sigue:

Décimo Primero:

Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021.

Se entiende que cumplen con lo dispuesto en el párrafo anterior, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI al que se incorpore el complemento Carta Porte antes del 1 de enero de 2022 y este no cumpla con los requisitos del “Estándar del complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.

Transitorios:

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF 2021.