Catálogo de formas de pago, en relación a la regla 2.7.1.32 / Aviso SAT 3 de Junio
Respecto a los cambios y confusiones en el Catálogo de formas de Pago los cuales te estuvimos informado en días pasados, el SAT acaba de publicar una nueva aclaración:
FACTURA ELECTRÓNICA (CFDI)
Te damos a conocer el (446 KB) Catálogo de formas de pago, en relación a la regla 2.7.1.32., “Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales”, publicada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, el cual será exigible a partir del 15 de julio de 2016.
- Requisitos que deben cumplir las facturas electrónicas.
- Requisitos de las impresiones de factura electrónica (Representación impresa del CFDI).
- Complementos de factura electrónica
Servicios
- Consulta, cancela y recupera facturas electrónicas, (2 MB) Manual del usuario.
- (857 KB) Información estadística
Preguntas frecuentes:
Fuente: SAT
A lo que es lo mismo, «dice mi mamá que siempre no…»
Nota importante para usuarios CFDI de ElConta.Com:
- Si bien, el dato es Requerido ( Obligatorio ) este es de texto libre, por lo cual hemos modificado de nueva cuenta todos los programas para que muestren el nuevo catálogo pero, al ser texto libre, puedes sobreescribir la información del campo.
- De acuerdo a lo que señala el SAT la implementación de esta nueva validación entrará en vigor el 15 de Julio de 2016.
Lo único que debes hacer es actualizar tu sistema de facturación siguiendo las indicaciones que acá te dejamos:
➡ Actualizar programas CFDI de ElConta.Com
Recuerda que en cualquier caso, en ElConta.Com siempre estaremos pendientes para hacer el cambio tan rápido como nos sea posible ?
Buen dia,
¿el nuevo catalago de metodos de pago, tambien aplicara para el timbrado de CFDI de Nominas y Asimilados a salarios?
Buen día, ya entre al SAT y no existe una publicación del día 03 de Junio, me puedes decir donde esta?
Complementando la información de José López: Efectivamente dicho catálogo debería estar publicado en el D.O.F., además es cierto, el catálogo NO tiene la clave 98 para no identificado. Así mismo veo que existe una contradicción para la creación del Nodo correspondiente pues habla de que el dato a ingresar en él debe ser de Texto Libre…y me pregunto: ¿Y entonces para qué está el catálogo?, luego en el chat que dio el SAT hablaban de que en dicho campo o nodo debería de ir únicamente el número de la clave, por ejemplo «01» en lugar de el Texto «Efectivo», y entonces ¿qué paso allí?, en todo caso en la instrucción de como llenar dicho campo o nodo debería de ir algo como lo siguiente.
Descripción: Atributo requerido para expresar el método de pago de los
bienes o servicios amparados por el comprobante, de acuerdo al catálogo
publicado en la página de internet del SAT.
¿O ustedes que piensan Colegas?
Buen día
¿Por qué hacerle caso a algo que no está publicado en el diario oficial?
Lo correcto es apegarnos al catálogo publicado en la modificacion a la RM el 6 de mayo, y ya después cuando publiquen en el DO el nuevo catálogo ya hacemos los cambios. Además el nuevo catálogo no trae la clave 98 para los no identificados.