Lo que nos faltaba… Ahora más funcionarios del SAT te pueden cancelar tu CSD y/o restringir tu FIEL !!
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Cancelar, revocar o dejar sin efectos los certificados de sello digital, así como restringir el uso del certificado de la firma electrónica avanzada o cualquier otro mecanismo permitido en las disposiciones jurídicas aplicables,
SAT publica una prórroga al complemento CFDI para Comercio Exterior.
Recordemos que el SAT había establecido que a partir de este 1° de julio sería obligatorio el uso de un complemento CFDI en operaciones de comercio exterior. Ahora se anuncia una prórroga...
Nueva NIF D-2: Costos por contratos con clientes
La NIF D-2 fue aprobada por unanimidad por el Consejo del CINIF en noviembre de 2015 y entrará en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.
La copropiedad ¿Beneficios no aprovechados?
En esta ocasión amables lectores tocaremos un tema muy poco aprovechado por los contribuyentes, la Copropiedad. Primero te mostraremos los fundamentos legales, para posteriormente ejemplificarlos con un caso práctico.
“Créditos Fiscales”. ¿A partir de que momento la autoridad puede exigirme su pago mediante el PAE?
Una pregunta frecuente en los contribuyentes o contadores, después de haber sido sujeto de facultades de comprobación por parte de las autoridades fiscales, es el concerniente al momento a partir del cual la autoridad fiscal puede exigir el pago de esa suma de dinero supuestamente adeudada.
SAT: Los Food Truck deben darse de alta en el RIF.
Este modelo de negocio (Food Truck) está siendo exitoso y puede ser un buen detonante de la economía, pero es importante que se incorporen a la formalidad en el RIF, que es el que más les conviene.
Muy importante: Resumen ejecutivo de los cambios a la LFPCA
El decreto Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo contempla varias reformas que implican cambios significativos al procedimiento contencioso administrativo. Se los compartimos para que lo consideren en sus equipos de litigio.
Diferencia entre «Método de Pago» y «Forma de pago». Pareciera cosa de locos :D
De una vez por todas entérate las definiciones correctas entre "Método" y "Forma" de pago en la generación de tu CFDI. "Errorzaso" del SAT...
La tecnología aplicada en los impuestos. Excelente vídeo de PwC
explica el uso de la tecnología fiscal como estrategia de negocios y presenta las herramientas para control y cumplimiento
¿Viajarás con tu automóvil al extranjero en este verano? Checa lo que puedes traer sin pagar impuestos.
Como parte del Programa Paisano, del 12 de junio al 17 de agosto se otorgan diversas facilidades para agilizar el ingreso de mexicanos a territorio nacional.
Aviso SAT: Actualiza tu sistema de facturación. Cambios en la manera de señalar el método de pago.
Deberás asentar en el apartado Método de pago en lugar del concepto (cheque, efectivo, transferencia, tarjeta, etc.) la clave correspondiente, conforme al siguiente catálogo:
Recomendación PRODECON: IVA. El neteo de saldos sí es susceptible de acreditamiento y, por lo tanto, de devolución.
Impuesto al Valor Agregado. La contribución trasladada cubierta mediante el sistema de compensación de créditos (neteo de saldos) sí es susceptible de acreditamiento y, por lo tanto, de devolución
Consulte a su médico (empresarial)
Al igual que un ser humano, la empresa también tiene características muy similares a un organismo vivo. Para poder llegar a entenderla mejor debemos imaginarnos a la empresa como un ser capaz de pensar y actuar con base en una personalidad propia.
Lavado de dinero. Calendario para iniciar certificación de auditores externos independientes.
Calendario para iniciar el proceso de certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Discrepancia Fiscal. ¿Qué hago?
Se deben de atender dos aspectos, el preventivo y el correctivo con el objeto de proponer e implementar todas las posibilidades jurídico-fiscal y así justificar o prever dicha discrepancia fiscal, en función a lo siguiente: