Celebra tu asamblea de accionistas. No lo olvides, es para este mes…



ASAMBLEA DE ACCIONISTAS.

Autor colaborador:

Mtro. y LCC Juan Antonio Salinas J

Twitter: @JUANTONO0806

➡ Salinas Juárez y Asociados, S.C.

[email protected]

En este mes (Art. 181 LGSM) las sociedades mercantiles deben celebrar la Asamblea de Accionistas en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, y se ocupará, además de los asuntos incluidos en la orden del día, de los siguientes:

I. Discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores a que se refiere el enunciado general del artículo 172, tomando en cuenta el informe de los comisarios, y tomar las medidas que juzgue oportunas.

II. En su caso, nombrar al Administrador o Consejo de Administración y a los Comisarios;

III. Determinar los emolumentos correspondientes a los Administradores y Comisarios, cuando no hayan sido fijados en los estatutos.

Comentarios:

Considerar que la convocatoria para las asambleas generales deberá hacerse por medio de la publicación de un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía con la anticipación que fijen los estatutos, o en su defecto, quince días antes de la fecha señalada para la reunión. Durante todo este tiempo estará a disposición de los accionistas, en las oficinas de la sociedad, el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172.

Quince días después de la fecha en que la asamblea general de accionistas haya aprobado el informe, los accionistas podrán solicitar que se publiquen en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía los estados financieros, junto con sus notas y el dictamen de los comisarios.

Podrán optar por conservar el libro mayor y sus libros de actas en formato impreso, o en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, siempre y cuando, en estos últimos medios se observe lo establecido en la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de mensajes de datos que para tal efecto emita la Secretaría.  Ver Reforma al Código de Comercio 07 abril 2016

Espero que sea de ayuda para los colegas y con ello disminuir el riesgo de los clientes en caso de una revisión. Así como también nos dará mucho gusto apoyarte en cualquier duda o comentario que tengas al respecto.

Contacto:

L.C.C. Juan Antonio Salinas J.

Movil 55 5181 7316

[email protected]

www.sja.com.mx

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2 comentarios
  1. Luis Felipe Hernández
    Luis Felipe Hernández Dice:

    Buenos día.!
    La asamble de accionistas, es obligatoria para cualquier persona moral?

Los comentarios están desactivados.