CFD desaparece y es oficial – El adiós éste 2013
Muchas «sorpresas» nos trajo el DOF del 31 de Mayo de 2013. Bueno… ni tan sorprendente… ya se veía venir desde hace un buen tiempo.
Ya te platicábamos en el post anterior de la CASI desaparición de la FACTURA CBB al bajar los ingresos de 4 Millonsotes a tan solo 250 mil pesitos para adherirse a esta forma de facturación.
Pues bien, si a la factura CBB le fue mal. ¿Que podría decirse de la facturación CFD (medios propios) que para 2014 nos dice adiós? :-?
Ahora si… los PAC´s podrán echar sus campanas al vuelo, después de tanto gimotearle exigirle al SAT que cumpliera con llevarlos a la «tierra prometida» donde todos (bueno… casi todos) estaremos obligados a utilizar sus servicios de timbrado de facturación.
En resumen, el DOF nos señala esto para el caso de CFD:
Almacenamiento de CFD
I.2.8.3.1.11. (Se deroga)
Facilidad para expedir CFD en lugar de CFDI
I.2.8.3.1.12. (Se deroga)
Requisitos fiscales de CFD
I.2.8.3.1.13. (Se deroga)
CFD para devolución de IVA a turistas extranjeros
I.2.8.3.1.14. (Se deroga)
Facilidad para expedir simultáneamente CFD y CFDI
I.2.8.3.1.16. (Se deroga)
Efectos fiscales de los comprobantes expedidos por contribuyentes que hubieren perdido el derecho de generar y expedir CFD
I.2.8.3.1.17. (Se deroga)
Subsección I.2.8.3.3. (Se deroga)
Facilidad para inscribirse y expedir CFD a través de personas morales constituidas como organizaciones, comités, organismos ejecutores o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, pecuarias o pesqueras de conformidad con el esquema denominado Sistema Producto previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en lugar de CFDI
I.2.8.3.3.1. (Se deroga)
Almacenamiento de CFD a través de PSGCFDSP
I.2.8.3.3.2. (Se deroga)
SI… TODO DEROGADO para CFD.
Y por último el infaltable transitorio donde se fija la fecha de su desaparición total
DécimoTercero.
Lo dispuesto en las reglas I.2.7.1.5.; segundo párrafo; I.2.8.1.1.; I.2.8.3.1.6., segundopárrafo; I.2.8.3.1.11.; I.2.8.3.1.12.; I.2.8.3.1.13.; I.2.8.3.1.14.; I.2.8.3.1.16.; I.2.8.3.1.17.; la Subsección I.2.8.3.3., que comprende las reglas I.2.8.3.3.1. y I.2.8.3.3.2.; la regla I.2.9.2.,primer párrafo; la Sección II.2.6.2., que comprende las reglas II.2.6.2.1. a la II.2.6.2.6.; el Capítulo II.2.7., que comprende las reglas II.2.7.1. a la II.2.7.6.; la regla II.3.2.1.1., fracción III y las fichas de trámite 111/CFF, 112/CFF, 114/CFF, 119/CFF, 121/CFF, 122/CFF y 123/CFF contenidas en el Anexo 1-A, así como el Anexo 20, fracción I vigentes hasta la entrada en vigor de la presente Resolución, podrá aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2013.
Los contribuyentes que emiten CFD, podrán aplicar lo dispuesto en la regla I.2.7.1.15.,hasta el 31 de diciembre de 2013.
Así que mi estimado colega y/o contribuyente cautivo… vayamos haciendo nuestros ahorritos si es que queremos seguir facturando, porque esos $250,00.00 pesos para factura CBB no te servirán de nada y los servicios gratuitos de CFDI del SAT están de plano fuera de toda lógica comercial, y los servicios gratuitos de los PACS son prácticamente un gancho para llevarte a sus servicios de pago.
Con esta medida, nuestros amos, han tomado posesión legal de nuestra capacidad de generar riqueza. A partir del primero de enero del año entrante, si por algún error de un contador, burócrata, o político corrupto, nos aplican una multa o diferencia por omisiones fiscales, EN ESE MOMENTO YA NO PODREMOS FACTURAR, sino haste que paguemos o aclaremos la diferencia con la autoridad. Es decir, si mi empresa no tiene los recursos de los que dispone Telmex para tener a los mejores contadores del país, y comete UN ERROR al no poder manejar la extrema complejidad y encriptación del código legal fiscal, en ese momento, ya no podré facturar, operar, trabajar, es decir, SE VIOLA LA CONSTITUCION. AHORA DEBO PAGAR, Y LUEGO ACLARAR. Oficialmente se derogó el derecho del mexicano que quiere producir.
Quiero llorar -literal- me llena de coraje saber que mis vacaciones se irán en comprar en programita NUEVO, ay no es justo, a los de a pie ya no nos queda mas que seguir viviendo al día.
Necesitan pagar a toda la gente que ayudo a «Copetes» a llegar a la Presidencia, pero sigan vendiendo su voto por una torta y un refresco.Luego se descubrirá que así como los similares y Genéricos (en Medicamentos) son de familiares del «niño verde», los PAC´s son ya una industría de prestanombres de Calderón y el Copetes.
Y como siempre, pagan más quienes menos tienen, ahi esta Televisa queles perdonaron 3,000 millones de pesos, según el de hacienda por adherirse a «tiempo» al programa «Ponte al día» hecho exprofeso para justificar semejante pago de favores al nuevo preciso.
Que sucederia si en nuestro pais ya no hubiera contadores???
Una total falta de escrupulos porque no se como llamarle a la autoridad, si el fin primordial y pronto era usar CFDi porque salieron con la «facilidad» de usar CFD, despues de tantos dolores de cabeza e inversiones de dinero que se le metio en implantar el CFD para que ahora salgan con que ya no sirve tu «auto sistemita» ahora si lo quieres seguir usando OTRA VEZ tienes que pagar para que lo adapten si es que se puede claro esta a los ciertos «requisitos» que exigen los PAC’S ademas claro de pagar los nada baratos timbres.
Estamos aun rezando con la Reforma al Imss y ahora salen con esta «jalada»… mas no se puede creer.
Una vez mas :/, todo a caprichos de la autoridad, con que cara le decimos al cliente que la decisión de optar por el CFD (y comprar softwares en su momento) antes de finalizar el 2010 se va al bote de la basura?
/center>