CFDI 3.2 o 3.3 (parcialidades o diferido) de 2017 pagado en 2018. ¿Qué clave de tipo relación debo registrar?
Pregunta 1:
Si emití una factura en parcialidades con la versión 3.2 y el primer pago lo recibo en el mes de abril de 2018, para lo cual emito un CFDI de conformidad con el Artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF con la versión 3.3 del anexo 20, ¿Qué clave de tipo relación debo registrar en el CFDI que se emita por el pago recibido (CFDI de ingreso)?
Respuesta:
Se debe registrar la clave “08” (Factura generada por pagos en parcialidades)
Fundamento Fundamento Legal: Artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del Código Fiscal de la Federación. Vigente hasta Permanente
Pregunta 2:
Si emití una factura diferida con la versión 3.3 en el período de convivencia y el pago lo recibo en el mes de marzo de 2018, para lo cual emito un CFDI optando por no incorporar el complemento para recepcion de pagos, ¿Qué clave de tipo relación debo registrar en el CFDI que se emita por el pago recibido (CFDI de ingreso)?
Respuesta
Se debe registrar la clave “09” (Factura generada por pagos diferidos)
Fundamento Fundamento Legal: Artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del Código Fiscal de la Federación. Vigente hasta Permanente
Fuente: Preguntas frecuentes del SAT
Que regla establece el procedimiento que inicas?
Si emití una factura en diciembre 2017 con la version 3.2 PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN y me la pagan en Febrero 2018 se debe emitir comprobante fiscal de pago?
si en dic. 2017 con la versión 3.2 elabore una factura por anticipo, de ese anticipo compre una parte de los productos y en enero 2018 compre lo que me hacia falta como debo de facturar el complemento
Cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición (pago en parcialidades):
a) Emitir un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice.
b) Posteriormente emitir un CFDI por cada uno de los pagos que reciba, en el que se deberá señalar:
“Cero” en el campo “Total” sin registrar dato alguno en los campos “métododepago” y “FormaPago”.
Incorporar el “Complemento para recepción de pagos”, también denominado “Recibo Electrónico de Pago”, publicado en el Portal del SAT (en donde se detalla la cantidad que se recibe e identifica la factura cuyo saldo liquida)
El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación.