IMPORTANTE: ? CFDI Carta Porte exigible también para traslados en tu misma CIUDAD. ?



El día de hoy 24-Ago-2021 se actualizó el PDF con la respuesta a preguntas frecuentes relativas al nuevo CFDI Complemento Carta Porte donde podemos leer lo siguiente:

Pregunta #15 Si me dedico al traslado de bienes o mercancías de manera local, es decir, no transito por carretera federal, ¿debo emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Sí, se debe emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte por cada servicio de traslado de mercancías que se realice en territorio nacional, tanto en el ámbito local como federal.

Por cierto, resulta extraño que la respuesta a esta pregunta en concreto NO venga acompañada por una referencia a algún fundamento legal.. lo mas seguro es que lo olvidaron, las otras preguntas si vienen con su respectivo fundamento.

 

El fundamento sería el siguiente:

Regla 2.7.1.9. CFDI que podrá acompañar el transporte de mercancías

2a RMRMF 2021, 3a versión anticipada

Para los efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF, los propietarios de mercancías, podrán acreditar el transporte de las mismas cuando se trasladen en territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial, únicamente mediante la representación, impresa o en formato digital, del CFDI de tipo traslado expedido por ellos mismos, al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”, que para tales efectos se publique en el Portal del SAT. En dicho CFDI deberán consignar como valor: cero, como clave en el RFC: la genérica a que se refiere la regla 2.7.1.26., para operaciones con el público en general y en el campo descripción se especificará el objeto del transporte de las mercancías.

(…)

 

Se presta a confusión ya que en publicaciones anteriores de esta regla se señalaba que el complemento se realizaría cuando las mercancías se trasladaran por carreteras federales, o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial. Pero ahora con el cambio, en lugar de referirse a carreteras federales, solamente se señala “por vía terrestre”, lo que implica que cualquier traslado, aún cuando no sea por carretera federal, será sujeto de comprobación mediante este CFDI de traslado con la “carta porte”.

Se entendía que al referirse señalar el término LOCAL se referían específicamente a CARRETERAS LOCALES (Vecinales y/o estatales). Pero NO !!

Esto es lo que ahora señalan en su micrositio de CFDI Carta Porte en el apartado Autotransporte:


Aquí te compartimos nuestra copia del archivo PDF con todas las preguntas actualizadas del nuevo CFDI Carta Porte. Solicítala en este formulario:

4 comentarios
  1. Paisano
    Paisano Dice:

    Paisanos NO VENGAN A MEXICO en sus trocas. Asi como estan ahora las cosas los federales les van a quitar mucho dinero. Les pediran muchos papers
    —–
    Paisanos as of September 30. DO NOT COME TO MEXICO in your trucks. Los federales are going to extort a lot of money.

    They are going to demand a lot of papers for your shipment.

  2. Joaquín P
    Joaquín P Dice:

    Para llorar.

    Seguramente aumentarán las revisiones y extorsiones por parte de la policía federal (Guardia Nacional) llamese MILITARES…

  3. Carlos López
    Carlos López Dice:

    Si se va necesitar carta porte dentro de la ciudad va ser un caos total. Imaginen una Refaccionaria con cientos de entregas diarias a domicilio, o los del gas, el agua, las empresas que reparten a tiendas de abarrotes, los que van a centrales de abastos para surtir sus negocios y un largo etcétera. Están locos de remate los del SAT, ojalá la PRODECON haga algo para ponerlos en paz y que la carta porte siga como siempre para transporte federal , pero ahora en el cfdi

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