Cierre Legal y Fiscal 2023. Ranero Abogados te comparte los principales aspectos a revisar.




 

Cierre Legal y Fiscal 2023.

Ranero Abogados te comparte los principales aspectos a revisar.

Ante el cúmulo de obligaciones legales y fiscales que deben de cumplir las empresas hoy en día, es necesario revisar el grado de cumplimiento de las mismas, antes de que termine el año, y de esa manera minimizar posibles contingencias.

Por lo anterior, nos permitimos enumerar algunos temas a revisar que consideramos relevantes para el cierre anual 2023.

  1. Corporativo
  2. Contratos
  3. Identificación del Beneficiario Controlador
  4. REPSE
  5. Comercio Exterior
  6. Conclusiones

Te compartimos aquí en el blog el primero de esos importantes aspectos a revisar para lograr un buen cierre del ejercicio 2023 para conocer los demás puntos te invitamos a descargar el PDF completo llenando el formulario que aparece más abajo:

  1. Corporativo

1.- Es necesario dejar documentado a través de actas de asambleas ya sean ordinarias o extraordinarias, aquellas operaciones vinculadas con:

  • Aumento o reducción del capital social;
  • Venta de acciones o partes sociales, y el pago de los impuestos respectivos;
  • Aprobación de estados financieros del ejercicio fiscal 2022, y en su caso anteriores, y tener el reporte del Comisario que validó los estados financieros aprobados;
  • Aprobar y documentar correctamente los acuerdos y pago de los dividendos y constituida la reserva legal, en caso de que se hayan repartido.
  • En caso de existir una capitalización de adeudos, que ésta cumpla con todas las formalidades legales y fiscales para su validez, como lo es entre otros, la elaboración del dictamen contable que acredite su existencia y debido registro.

2.- Adecuar los estatutos sociales, a fin de adaptarlos a la nueva obligación en materia de convocatorias a asambleas generales de socios o accionistas. Se elimina la posibilidad de realizar convocatorias a través de medios impresos.[1]

3.- Las empresas que hayan contratado servicios u obras especializadas con empresas registradas ante el Registro de Servicios u Obras Especializadas, (REPSE); deberán de cotejar sus estatutos sociales y actividad registrada ante el SAT, con los de sus proveedores, para corroborar que no tengan dentro de su objeto social, descritas actividades similares, o bien dada ante el SAT la misma actividad económica; a fin de evitar que dichos gastos no sean deducibles, y el IVA no sea acreditable;

4.- Verificar que los cambios en la estructura del capital social o la venta de acciones o partes sociales, se hayan publicado a través del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM), a cargo de la Secretaría de Economía; para que surtan efectos legales frente a terceros, como lo es el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

5.- Todas las personas morales deben de cumplir con lo que señala la Ficha Técnica 295/CFFAviso de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que sean representantes legales o tengan, control, influencia significativa o poder de mando”. Dicha obligación está establecida en el Art. 27 del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal 2023. Regla 2.4.15

Por lo anterior, es necesario cumplir con dicha obligación, ya que es parte integrante de la contabilidad de las empresas.

Quedamos a sus órdenes para ayudarles a realizar una evaluación objetiva de su situación legal/fiscal actual; y ayudarles a implementar de manera preventiva, las acciones legales necesarias, para minimizar sus riesgos antes de cerrar el ejercicio fiscal de 2023.

Cierre Fiscal y Legal 2023 ¿Deseas obtener el PDF completo?

Clemente Ranero

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[1] Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023.