Cierre Legal y Fiscal 2023. Ranero Abogados te comparte los principales aspectos a revisar.
Cierre Legal y Fiscal 2023.
Ranero Abogados te comparte los principales aspectos a revisar.
Ante el cúmulo de obligaciones legales y fiscales que deben de cumplir las empresas hoy en día, es necesario revisar el grado de cumplimiento de las mismas, antes de que termine el año, y de esa manera minimizar posibles contingencias.
Por lo anterior, nos permitimos enumerar algunos temas a revisar que consideramos relevantes para el cierre anual 2023.
- Corporativo
- Contratos
- Identificación del Beneficiario Controlador
- REPSE
- Comercio Exterior
- Conclusiones
Te compartimos aquí en el blog el primero de esos importantes aspectos a revisar para lograr un buen cierre del ejercicio 2023 para conocer los demás puntos te invitamos a descargar el PDF completo llenando el formulario que aparece más abajo:
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Corporativo
1.- Es necesario dejar documentado a través de actas de asambleas ya sean ordinarias o extraordinarias, aquellas operaciones vinculadas con:
- Aumento o reducción del capital social;
- Venta de acciones o partes sociales, y el pago de los impuestos respectivos;
- Aprobación de estados financieros del ejercicio fiscal 2022, y en su caso anteriores, y tener el reporte del Comisario que validó los estados financieros aprobados;
- Aprobar y documentar correctamente los acuerdos y pago de los dividendos y constituida la reserva legal, en caso de que se hayan repartido.
- En caso de existir una capitalización de adeudos, que ésta cumpla con todas las formalidades legales y fiscales para su validez, como lo es entre otros, la elaboración del dictamen contable que acredite su existencia y debido registro.
2.- Adecuar los estatutos sociales, a fin de adaptarlos a la nueva obligación en materia de convocatorias a asambleas generales de socios o accionistas. Se elimina la posibilidad de realizar convocatorias a través de medios impresos.[1]
3.- Las empresas que hayan contratado servicios u obras especializadas con empresas registradas ante el Registro de Servicios u Obras Especializadas, (REPSE); deberán de cotejar sus estatutos sociales y actividad registrada ante el SAT, con los de sus proveedores, para corroborar que no tengan dentro de su objeto social, descritas actividades similares, o bien dada ante el SAT la misma actividad económica; a fin de evitar que dichos gastos no sean deducibles, y el IVA no sea acreditable;
4.- Verificar que los cambios en la estructura del capital social o la venta de acciones o partes sociales, se hayan publicado a través del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM), a cargo de la Secretaría de Economía; para que surtan efectos legales frente a terceros, como lo es el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
5.- Todas las personas morales deben de cumplir con lo que señala la Ficha Técnica 295/CFF “Aviso de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que sean representantes legales o tengan, control, influencia significativa o poder de mando”. Dicha obligación está establecida en el Art. 27 del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal 2023. Regla 2.4.15
Por lo anterior, es necesario cumplir con dicha obligación, ya que es parte integrante de la contabilidad de las empresas.
Quedamos a sus órdenes para ayudarles a realizar una evaluación objetiva de su situación legal/fiscal actual; y ayudarles a implementar de manera preventiva, las acciones legales necesarias, para minimizar sus riesgos antes de cerrar el ejercicio fiscal de 2023.
Clemente Ranero
Diego Urias
@raneroabogados
Teléfonos: (664) 681-58-59 / (664) 688-86-40 / (664) 686-54-86
“Transformamos conocimiento en soluciones”
[1] Reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023.