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EL COMPLIANCE FISCAL: CLAVE PARA LA TRANSPARENCIA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO EN LAS EMPRESAS.


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CP. Luis Eduardo Padilla Linares

Socio director de Firma Administrativa Contable (FIADCO).

Miembro de IMCP Jóvenes Noroeste – Sector Egresados, Colegio de Contadores Públicos de Culiacán, A.C.

fiadco2018@gmail.com

 


La primera vez que escuche la palabra compliance fue en una conferencia llevada a cabo por el Abogado Moisés Alejandro Castro Pizaña en el Colegio de Contadores Públicos de Culiacán. Dicho tema, en su momento fue la recién publicada Ley Nacional de Extinción de Dominio la cual aplica directamente a bienes de carácter patrimonial que se encuentre bajo los supuestos que menciona el Artículo 22 párrafo cuarto constitucional:

“Será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”

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En este extracto se hablaba de la implementación de un “compliance penal”, lo cual se traduce en el cumplimiento normativo en materia penal con relación a dicha Ley para que con base a lo que menciona el artículo 15 fracción I a IV: Se presumirá la Buena Fe en la adquisición de los Bienes. Para gozar de esta presunción, la Parte Demandada y la o las personas afectadas, dependiendo de las circunstancias del caso, deberán acreditar suficientemente, entre otras:

I. Que consta en documento, de fecha cierta y anterior a la realización del Hecho Ilícito, de conformidad con la normatividad aplicable;

II. Que oportuna y debidamente se pagaron los impuestos y contribuciones causados por los hechos jurídicos en los cuales funde su Buena Fe, o justo título;

III. Que el bien susceptible de la acción de extinción de dominio fue adquirido de forma lícita y en el caso de la posesión, que esta se haya ejercido además el derecho que aduce de forma continua, pública y pacífica. La publicidad se establecerá a través de la inscripción de su título en el registro público de la propiedad correspondiente, siempre que ello proceda conforme a derecho y en otros casos, conforme a las reglas de prueba;

IV. La autenticidad del contrato con el que pretenda demostrar su justo título, con los medios de prueba idóneos, pertinentes y suficientes para arribar a una convicción plena del acto jurídico y su licitud.

 

incp convencion regional la paz mayo 2025Lo usemos de apoyo en dos situaciones al momento de que exista un asesoramiento nuestro hacia algún cliente. La primera, si el cliente busca adquirir algún bien, con lo que menciona el artículo, es necesario hacerle ver que debe revisar la situación jurídica del bien antes de aceptar comprarla; o en la segunda situación, en caso de nuestro cliente buscar rentar algún bien a un tercero, tener a la mano lo necesario para proteger dicho bien de alguna contingencia, documentos básicos importantes para este caso, como lo sería el contrato de arrendamiento con el expediente correspondiente, así como la emisión de las facturas de arrendamiento en tiempo y forma.

¿El compliance solo aplica al rubro penal?

Si bien es cierto que el compliance o cumplimiento normativo es un sistema preventivo con carácter general relacionado al ámbito penal. También es importante enfocarlos al área civil, laboral, fiscal o cualquier otra que implique un asesoramiento jurídico o financiero en donde se busque reducir las consecuencias jurídicas y económicas. En el caso del Contador Público, en la práctica independiente que se enfoca en asesorar al contribuyente en el área fiscal, seria de suma importancia que se maneje un modelo de compliance fiscal, el cual se adapte a los diversos regímenes fiscales y sus obligaciones correspondientes, de igual forma contemplando los plazos para cumplir con su deber.

 

Un claro ejemplo donde es necesario aplicarlo es al momento de que una empresa solicita el alta ante el Registro de Prestadores de Servicio u Obras Especializadas (REPSE); ahí es el claro ejemplo del enlace de la información entre el SAT, IMSS e INFONAVIT, donde como primer requisito para poder solicitar tu alta en REPSE es no tener adeudos en ninguna de dichas instituciones, y tener las opiniones de cumplimiento positivas; ya que, en caso de existir algún adeudo, no será posible avanzar en el trámite de alta REPSE.

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Y si bien se realiza el alta de forma correcta en el REPSE, pero en algún mes posterior existe un incumplimiento o atraso en algún pago por ejemplo de cuotas obrero patronales, el IMSS nos notificara al correo electrónico registrado un exhorto para regularizar la situación ante el instituto mencionando como puntos importantes lo siguiente:

…. Se hace de su conocimiento que, como parte de las acciones de coordinación entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el pasado 22 de noviembre de 2023, se firmó el “Mecanismo de Intercambio de Información entre el IMSS / STPS para las Prestadoras de Servicios Especializados o de Ejecución de Obras Especializadas” …. se le exhorta a revisar y, en su caso, regularizar su situación ante el Instituto Mexicano del Seguro Social…. En caso de no regularizar su situación, la STPS podría cancelar el registro que le otorgó como prestador de servicios especializados o ejecutor de obra especializada…. ya que entre dichos requisitos se establece que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia fiscal y de seguridad social.

Y así como este exhorto por parte del IMSS/STPS, el Contador Público en la práctica puede recibir notificaciones vía buzón tributario, notificaciones en el domicilio fiscal del contribuyente, ya sea por parte del SAT o incluso del gobierno del Estado; para ello, cualquier acto de molestia o solicitud de información, con la correcta aplicación de un “compliance”, tendremos las herramientas y le daremos la seguridad al cliente que contamos con la información que respalda el trabajo y las obligaciones.


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