Comunicado SAT: En Contabilidad Electrónica se establecen las siguientes reglas de gradualidad. 2015-2016



Solamente 203 mil 807 contribuyentes obligados a iniciar envío de información contable a partir de enero 2015

COMUNICADO SAT 154
México, D.F., a 04 de diciembre de 2014

  • Presentan gradualidad en el cumplimiento de la contabilidad electrónica.
  • Los contribuyentes con ingresos menores a 4 millones de pesos al año iniciarán el envío de  su información hasta 2016 y aquellos que tienen ingresos anuales iguales o superiores a 4 millones de pesos comenzarán a enviar su información en enero de 2015.
  • Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operacionesen el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”.
  • Estas modificaciones atienden a un mandato del Poder Legislativo y al trabajo consensuado de las autoridades e instituciones involucradas en el tema.
  • El martes 9 de diciembre se  llevará a cabo la “Expo Feria Contabilidad Electrónica: Cumplir es más fácil que nunca”,  en el World Trade Center.

 La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, publicó la regla que formaliza el mandato del Legislativo expresado en la Ley de Ingresos 2015, en la que se señala la recepción de información contable a partir del año próximo.

La publicación de la regla es producto del trabajo consensuado entre la autoridad fiscal, la institución defensora de los derechos de los contribuyentes y la sociedad civil organizada, a través del empresariado, los contadores públicos y los desarrolladores de la industria de la tecnología de la información.

La regla establece una gradualidad en el inicio de las obligaciones de informar:

Tipo de contribuyentes

Periodo inicial de envío del catálogo de cuentas y balanzas de comprobación

Plazo inicial del envío del catálogo de cuentas y balanza de comprobación

Sistema financiero y personas morales y  físicas con ingresos acumulables en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos

 enero de 2015

A más tardar el 3 y 5 de marzo de 2015 para personas morales y personas físicas respectivamente.

Personas morales y físicas con ingresos acumulables en 2013 menores a 4 millones de pesos

enero de 2016

 

A más tardar el 3 y 5 de marzo de 2016 para personas morales y personas físicas respectivamente.

Personas morales y físicas del sector primario que optaron por presentar su declaración semestralmente,  personas morales con fines no lucrativos, así como personas morales y físicas inscritas en 2014, 2015 ó 2016

En el caso de la información de las pólizas y auxiliares, cuando el SAT necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones, el periodo inicial para el envío es el siguiente:

Tipo de contribuyentes

Periodo inicial de envío de las pólizas y auxiliares

Plazo inicial del envío de las pólizas y auxiliares

Sistema financiero así como personas morales con ingresos acumulables en 2013 iguales o superiores a 4 millones de pesos

enero de 2015

Cuando la autoridad lo solicite a partir del ejercicio o periodo 2015

Las demás personas morales, personas físicas, contribuyentes del sector primario que optaron por presentar su declaración semestralmente, personas morales con fines no lucrativos, así como personas morales y físicas inscritas en 2014, 2015 ó 2016.

enero de 2016

 

Cuando la autoridad lo solicite a partir del ejercicio o periodo 2016

Cabe señalar que el catálogo de cuentas se entrega por una sola ocasión o cuando exista alguna modificación, a partir de las mismas fechas de entrega de las balanzas.

En el caso de los contribuyentes que coticen en la Bolsa de Valores, se autoriza que su información sea enviada en forma trimestral, a partir de mayo de 2015. 

Es importante precisar que los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”. 

Para los contribuyentes que así lo deseen, se ofrece la posibilidad de que su información sea presentada a través de terceros autorizados, conocidos como auxiliares de facturación. 

Estos nuevos plazos serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y para mayor información de fechas y contribuyentes obligados se puede consultar el sitio de Contabilidad Electrónica en el Portal del SAT. 

El otorgamiento de gradualidad en el cumplimiento de esta obligación obedece a una demanda legítima de los contribuyentes para estar en posibilidad de integrar correctamente su información y cumplir con esta obligación fiscal. 

Ver también: Video conferencia efectuada el día de ayer en el marco de la “Expo Feria Contabilidad Electrónica: Cumplir es más fácil que nunca” en el World Trade Center. 

Conoce las razones por las cuales las autoridades están siendo efectivas y certeras con acciones de fiscalización inmediata.

Conoce las razones por las cuales las autoridades están siendo efectivas y certeras con acciones de fiscalización inmediata.



3 comentarios
  1. Anna
    Anna Dice:

    Osea, que se va a enviar la información de Julio a Diciembre del 2014 hasta marzo del 2015? (para los contribuyentes con más de 4 millones de ingresos)

  2. francisco hernández
    francisco hernández Dice:

    Y que pasa con los contribuyentes personas físicas del régimen de actividades empresariales cuya contabilidad es simplificada, vaya que con un simple cuaderno de ingresos y egresos registra sus operaciones y que por su actividad no pueden acceder al régimen de incorporación fiscal.
    Deberán enviar su contabilidad de manera electrónica o se pueden acoger al sistema de «mis cuentas»
    Creo que os olvidaron

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