Condonación de multas y recargos en el DF -2011-




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Condonación de multas y recargos en el DF

Colaboración: @CP_RosarioG

Se exime al 100% el pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios, generados por la falta de pago oportuno. El plazo para acceder al beneficio será del 1o de junio al 31 de agosto de 2011, por las siguientes contribuciones:

Impuesto sobre:

adquisición de inmuebles

espectáculos públicos

loterías, rifas, sorteos y concursos

nóminas

tenencia o uso de vehículos (local)

Impuesto:

predial

por la prestación de servicios de hospedaje

Derechos:

por el suministro de agua

descarga a la red de drenaje

* No procederá la condonación de multas administrativas locales no fiscales.

Para gozar del beneficio es menester:

El interesado acudirá a la Administración Tributaria más cercana al módulo de orientación, donde recibirá la asesoría relativa al Programa

En el caso de contribuyentes con créditos fiscales sujetos a control de obligaciones, determinación, facultades de comprobación, procedimiento administrativo de ejecución y autorización de pago a plazos, serán canalizados con el personal de la Jefatura de Unidad Departamental de Control de Crédito y Cobranza, de la Administración Tributaria correspondiente

Una vez determinado el adeudo, el interesado debe cubrir en una exhibición el impuesto o derecho omitido actualizado, ya sea con cheque certificado, tarjeta de crédito, de débito, con certificado de devolución o mediante compensación

En cuanto a los derechos por suministro de agua la regularización se efectuará directamente en las oficinas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Para incentivar la regularización de adeudos los contribuyentes obtendrán la prescripción o caducidad de forma automática de los créditos respectivos, si cubren los exigibles a su cargo en una sola exhibición.

En el supuesto de que en un mismo acto emitido por la autoridad fiscal se encuentren determinados créditos fiscales que contemplen contribuciones diferentes a las señaladas, los interesados las deberán cubrir en una sola exhibición, así como la actualización y los accesorios legales.

Vigencia: A partir del 1o de junio de 2011.

Fuente: Resolución de carácter general mediante la cual se condona las multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios en el pago de los impuestos y derechos que se indican (Gaceta Oficial del DF del 1o de junio de 2011).



3 comentarios
  1. fanny
    fanny Dice:

    hola espero ustedes me puedan ayudar, compre un vehiculo yme dijeron que los pagos estaban al corriente pero nunca lo verifique y ahora que lo checo tiene adeudo desde 2006 y no cuento con ls recursos para pagar todo y lo que quiero es saber si tienen algun programa de condonacion de multas y recargos y si fuera asi me mandaran la informacion a mi correo ya que yo estoy en la cd de puebla y se me dificulta ir a preguntar al df.

  2. Betty
    Betty Dice:

    Hola,

    El día 17 estaba presentado el P Prov dic/11 a través del pago referenciado, y no me dio la línea de captura. Consulté la declaración o y reportaba que si se había recibido y estaba en proceso la linea de captura. Peroe no me permitía recapturar la declaración.
    Consulté esto al SAT y me dijeron que checara Mi Portal continuamente, pero el problema siguió hasta el día 18.
    Hoy ya se puede volver a capturar la declaración. Y hablé nuevamente al SAT para preguntar acerca de la causación de recargos, ya que este problema fue ajeno al contribuyente, y en nuestro caso estábamos presentando oportunamente.
    Alguien tiene un comentario al respecto,? o tuvieron problemas con el pago referenciado el día 17 p 18?
    Saludos, y buen día :)

  3. Jose Ventura
    Jose Ventura Dice:

    Esta informacion de la condonacion de multas y recargos la estan reenviando el 28 de septiembre y el plazo vencio el 31 de agosto, ya no lo reenvien

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