En plena primavera y el SAT congela cuentas bancarias… Y peor aún, sin notificar previamente !!



“Congelan cuentas en plena primavera”

“Todas las leyes que se dictan tienen por base la desconfianza; ninguna descansa en la virtud de los ciudadanos”.

Laboulaye; escritor y político francés.

De Juan José Salazar

Un contribuyente tenía un adeudo en el pago de sus impuestos de aproximadamente 60 mil pesos, por cualquier motivo no pagó esas contribuciones y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tomó de su cuenta bancaria esa cantidad para solventar la deuda; el ciudadano decidió imponer un amparo y el pasado viernes 21 de marzo la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le negó dicho amparo y se resolvió que en estos casos, cuando los contribuyentes tengan créditos fiscales firmes y no los paguen, el SAT; sin enviarles una carta, algún correo electrónico o dejarles un “inbox” en su famoso buzón tributario, podrá tomar el dinero de sus cuentas bancarias para cubrir los adeudos.

La propuesta fue de la ministra Olga Sánchez Cordero y por unanimidad de votos; el artículo 156 del Código Fiscal de la Federación se declaró constitucional, con esto se le da facultades a la autoridad para “congelar” los depósitos bancarios, seguros o cualquier otro depósito ya sea en moneda nacional y extranjera que se realicen en la cuenta bancaria del contribuyente.

Después de analizar esta información, no podemos dejar de recordar la insistencia de la autoridad para que los contribuyentes tengan una tarjeta de crédito y obviamente la usen; por ejemplo: ¿Cuántos ingenuos fueron y gastaron miles de pesos con sus tarjetas esperando que el SAT les otorgará un premio en el famoso “buen fin”?

Insisto, como lo he mencionado en otras ocasiones, debemos de ser muy cuidadosos con las cuentas bancarias, ser minuciosos en el manejo de las mismas, no prestar su tarjeta y adquirir deudas ajenas que al final el único perjudicado será el titular de la cuenta.

Agreguen otro pequeño detalle con esta resolución, no solo las cuentas bancarias son fiscalizables y deberán estar soportadas con ingresos declarados, ahora; nos guste o no, podrán congelar las cuentas y tomar el dinero de ellas si se está en el supuesto del crédito firme. Los ministros llegaron a la conclusión de que esta acción no viola la garantía de audiencia constitucional de los ciudadanos.

Esto puede parecer una acción inicua, ya que a pesar de tener la obligación de pagar impuestos, esto parece un exceso y un terrorismo fiscal que abusa de la privacidad de los ciudadanos. La autoridad tiene infinidad de herramientas que puede usar para el único fin que parece preocuparle: la recaudación.

Fuente: SCJN Tesis: II.3o.A.109 A (10a.)

Soy Juan José Salazar y nos leemos en la próxima…

juan.jose.salazar@hotmail.com

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1 comentario
  1. Omar Cruz
    Omar Cruz Dice:

    Lo peor de estas acciones es que afectan solo a unos cuantos y a quienes realmente deberían aplicar estas supuestas «leyes» no lo hacen ( servidores públicos, millonarios excéntricos, el presidente de la república) ya que sus cuentas bancarias son enormemente infladas sin demostrar de donde provienen tales ingresos aaahhh pero eso si, ni se les ocurra hacerles una auditoria por hasta amenazan de muerte a los auditores. MÉXICO LINDO Y PODRIDO.

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