Constancias de Situación Fiscal para lo que resta de 2022.



CONSTANCIAS DE SITUACIÓN FISCAL

C.P.C. Juan Manuel Puebla Domínguez

Presidente del Colegio de Contadores Públicos de México

A partir del 1º de enero de 2022 entró en vigor la Reforma al artículo 29-A, fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF), incorporando como requisito de los comprobantes fiscales indicar los siguientes datos de la persona a favor de quienes se expidan: (i) clave en el Registro Federal de Contribuyentes, (ii) nombre o razón social, (iii) código postal de su domicilio fiscal, (iv) clave de uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal.

Los requisitos señalados son aplicables para todos los tipos de comprobantes fiscales (ingreso, egreso, traslado, nómina y pagos), así como los que corresponden a la retención de contribuciones e información de pagos.



Algunos de los nuevos requisitos de los comprobantes fiscales conforme a la Reforma Fiscal para 2022 no se pueden cumplir debido a que la versión 3.3 del CFDI no contiene campos específicos para ello, tal es el caso del código postal del domicilio fiscal del receptor del CFDI.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio del Anexo 20 “Medios electrónicos” de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 13 de enero de 2022, la versión 4.0 del CFDI, la cual tendría un periodo de convivencia con la versión 3.3. del CFDI por el periodo del 1° de enero al 30 de abril de 2022 y siendo de uso obligatorio a partir del 1º de mayo de 2022. Posteriormente, este plazo fue modificado para extenderlo hasta el 1º de enero de 2023.

El 31 de diciembre de 2021, el SAT publicó en su portal de internet la “Guía de llenado del CFDI versión 4.0” señalando que en el campo “Domicilio fiscal del receptor” se debe registrar el código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante fiscal.

Al respecto, el SAT señaló lo siguiente: “Este dato podrá ser consultado en la constancia de situación fiscal emitida por el SAT, la cual se puede obtener en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal

La redacción antes señalada fue eliminada de la Guía de llenado del CFDI versión 4.0 que actualmente se puede descargar del Portal de Internet del SAT.

La incorporación del nuevo requisito del CFDI para indicar el código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante fiscal y los lineamientos emitidos por el SAT en la Guía de llenado del CFDI, versión 4.0 ocasionó que los patrones solicitaran a los trabajadores el código postal que corresponde a su domicilio fiscal conforme a sus constancias sobre la situación fiscal, lo que ha generado diversos problemas en su ejecución.

El incumplimiento por parte de los patrones al expedir comprobantes de nómina sin estos requisitos fiscales o emitirlos incompletos o con errores, puede tener otras consecuencias fiscales contenidas en las disposiciones fiscales como puede ser la no deducción de los pagos de nómina, multas en la emisión de comprobantes fiscales o en caso de reincidencia la clausura temporal del establecimiento.

Es recomendable que las autoridades fiscales concluyan su evaluación de ventajas y desventajas a la brevedad, para que den a conocer al contribuyente los siguientes pasos en esta materia, ya que a la fecha las disposiciones fiscales siguen vigentes, pues solo se otorgó una prórroga.

Fuente:

Boletín Conferencia de Prensa IMCP. Julio 2022.

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