DOF: 15 Dic 2011 -Sociedades mercantiles podrán ser indefinidas | Constituir sociedades ante la Secretaría de Economía-



Algunas modificaciones importantes ha traído consigo el siguiente decreto publicado hoy (15 de Dic 2011) en el DOF:

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

 

Algo de lo que mas resalta es:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 15, 16 primer párrafo y 16 A de la Ley de Inversión Extranjera, para quedar como sigue:

:arrow: ARTÍCULO 15.- La Secretaría de Economía autorizará el uso de las denominaciones o razones sociales con las que pretendan constituirse las sociedades. Se deberá insertar en los estatutos de las sociedades que se constituyan, la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del artículo 27 Constitucional.

:arrow: ARTÍCULO 16.- El procedimiento referido en el artículo anterior, se aplicará para sociedades constituidas que cambien su denominación o razón social.

:arrow: ARTÍCULO 16 A.- Las solicitudes a que se refieren los artículos 15 y 16 de esta ley deberán ser resueltas por la Secretaría de Economía, dentro de los dos días hábiles inmediatos siguientes al de su presentación.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 6o, fracción IV; 62, y 89 fracciones II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para quedar como sigue:

Artículo 6o.- …

I. a III. …

IV.- Su duración, misma que podrá ser indefinida;

V. a XIII. …

 

Nota: Atención, el  Artículo primero de este decreto atañe a las sociedades con inversión extranjera.