¿Constituir una sociedad con palabras altisonantes? Conoce los nombres prohibidos.
¿Conoces los nombres prohibidos (denominaciones o razones sociales) para las personas morales?
Autor: L.C. L.D. E.F. Roberto Valenzuela Lozano
Sitio web: robertovalenzuela.mx
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“Prohibido prohibir. La libertad comienza por una prohibicion.”
Nota de ElConta.Com:
Este artículo contiene lenguaje «florido» y para algunos puede resultar obsceno, se sugiere discreción. :lol:
¿Conoces los nombres (denominaciones o razones sociales) prohibidas para las personas morales?
La constitución de una sociedad, sea de naturaleza civil o mercantil, requiere de cumplir con una serie de requisitos que las leyes que regulan la creación de una persona moral imponen para su formalización. En este orden de ideas, una de esas condiciones es la consistente en incluir una denominación o razón social.
La denominación o razón social constituye uno de los atributos de la persona moral, además del domicilio, nombre, domicilio, patrimonio y nacionalidad. Tal atributo debe colmarse, pues sin este es imposible el nacimiento a la vida jurídica de una persona moral; a manera de guisa se citan algunos de los ordenamientos que regulan la constitución de las personas morales, en ellos se puede apreciar con claridad el requisito en cita:
Para constituir una sociedad regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles,
Artículo 6o. La escritura o póliza constitutiva de una sociedad deberá contener:
(…)
III.- Su razón social o denominación;
(….)
Para el contrato de sociedad civil,
Artículo 2693.- El contrato de sociedad debe contener:
(.…)
- La razón social;
(….)
En tanto que para la constitución de una Sociedad de Producción Rural (S.P.R.), el artículo 109 establece que.
Artículo 109.- Los estatutos de la unión deberán contener lo siguiente: denominación, domicilio y duración; objetivos; capital y régimen de responsabilidad; lista de los miembros y normas para su admisión, separación, exclusión, derechos y obligaciones; órganos de autoridad y vigilancia; normas de funcionamiento; ejercicio y balances; fondos, reservas y reparto de utilidades, así como las normas para su disolución y liquidación.
La ley de Inversión Extranjera, establece que la facultad para otorgar la concesión de la autorización le corresponde a la Secretaría de Economía, lo anterior tiene fundamento en las siguientes porciones normativas:
ARTÍCULO 15.- La Secretaría de Economía autorizará el uso de las denominaciones o razones sociales con las que pretendan constituirse las sociedades. Se deberá insertar en los estatutos de las sociedades que se constituyan, la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del artículo 27 Constitucional.
ARTÍCULO 16.- El procedimiento referido en el artículo anterior, se aplicará para sociedades constituidas que cambien su denominación o razón social.
Las sociedades que modifiquen su cláusula de exclusión de extranjeros por la de admisión, deberán notificarlo a la Secretaría de Relaciones Exteriores, dentro de los treinta días hábiles siguientes a dicha modificación.
Si estas sociedades son propietarias de bienes inmuebles ubicados en la zona restringida destinados a fines no residenciales, deberán dar el aviso a que se refiere la fracción I del artículo 10 de esta Ley, dentro del plazo previsto en el párrafo anterior.
ARTÍCULO 16 A.- Las solicitudes a que se refieren los artículos 15 y 16 de esta ley deberán ser resueltas por la Secretaría de Economía, dentro de los dos días hábiles inmediatos siguientes al de su presentación.
Con el propósito de establecer las reglas para el otorgamiento de las autorizaciones aludidas, el 14 de septiembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales, el cual establece en el artículo 9, fracciones IV y V, que se publicarán en el mencionado órgano de difusión el listado de palabras altisonantes, o que resulten humillantes, ofensivas, discriminatorias o violentas, así como el listado correspondiente a los lugares geográficos, y que contenga nombres de organizaciones, dependencias, órganos o instituciones públicas conforme a los cuales la Secretaría podrá rechazar una solicitud de uso de una denominación o razón social.
El 27 de septiembre de 2012, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) emitió el anteproyecto identificado con el número de expediente 03/2101/27092012. En el cual da a conocer los catálogos que sirven de referencia para dictaminar en el trámite de solicitud de Autorización de Denominación o Razón Social. Con base en estos catálogos, la Secretaría de Economía podrá autorizar o en su caso rechazar la Denominación o Razón Social, considerando la forma y el contexto en el que se pretendan utilizar las palabras y términos; la información antes referida se dio a conocer mediante el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL LISTADO DE PALABRAS ALTISONANTES, HUMILLANTES, OFENSIVAS, DISCRIMINATORIAS O VIOLENTAS Y EL LISTADO DE NOMBRES DE LUGARES GEOGRÁFICOS, DEPENDENCIAS, ÓRGANOS E INSTITUCIONES PÚBLICAS, CON BASE EN LOS CUALES LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA PODRÁ RECHAZAR UNA SOLICITUD DE USO DE UNA DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9, FRACCIONES IV Y V DEL REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE USO DE DENOMINACIONES Y RAZONES SOCIALES, SEGÚN LA FORMA Y EL CONTEXTO EN EL QUE SE PRETENDAN UTILIZAR.
LISTADO DE PALABRAS ALTISONANTES, HUMILLANTES, OFENSIVAS O VIOLENTAS
I. Palabras Altisonantes
ASSHOLE |
BITCH |
BLOWJOB |
CAGADA |
CAGANTE |
CAGAR |
CAGÓN |
CARAJO |
CHINGA TU MADRE |
CHINGADA |
CHINGADAS |
CHINGADAZO |
CHINGADERA |
CHINGADO |
CHINGADOS |
CHINGAR |
CHUPABOLAS |
COJONES |
COÑO |
CULEADA |
CULERA |
CULERÍSIMO |
CULERO |
CULO |
CULOTE |
DICK |
ENVERGADO |
FOLLADOR |
FOLLADOTA |
FOLLAR |
FORNICAR |
FUCK |
FUCKER |
FUCKING |
GILIPOLLAS |
GOLFA |
HIJO DE PUTA |
HUEVÓN |
HUEVUDO |
IJUEPUTA |
JACK OFF |
JODER |
LAME HUEVOS |
MAMADA |
MAMADOTA |
MAMAR |
MAMERTO |
MAMÓN |
MIERDA |
MIERDOTA |
MOTHER FUCKER |
MUERDE ALMOHADAS |
OJETE |
PANOCHA |
PANOCHÓN |
PEDO |
PELOTUDO |
PENDEJA |
PENDEJAZO |
PENDEJETE |
PENDEJÍSIMA |
PENDEJÍSIMO |
PENDEJO |
PINCHE |
PINCHES |
PINCHISIMA |
PINCHISIMO |
PIRUJA |
PITO |
PITOTE |
POOP |
PUCHA |
PUSSY |
PUTA |
PUTERA |
PUTÍSIMA |
PUTÍSIMO |
PUTITA |
PUTITO |
PUTO |
PUTODEMIERDA |
PUTÓN |
PUTOTA |
PUTOTE |
RAMERAS |
SHIT |
TARADO |
TRAGALECHE |
VERGA |
VERGASOS |
VERGASTE |
VERGOTA |
VERGOTOTOTA |
VERGUITA |
WHORE |
II. Palabras Humillantes y Ofensivas
ABORRECER |
AHORCADO |
AHORCAR |
ANIQUILAR |
APENDEJAR |
APUÑALAR |
ASESINAR |
ASESINATO |
ASESINO |
ASESINOS |
CHUPABOLAS |
CHUPAMEDIAS |
COÑO |
COÑOS |
CULADERO |
CULAZO |
CULEADO |
CULEAR |
CULEARSE |
CULEARSES |
CULERÍSIMO |
CULERÍSIMOS |
CULERO |
CULEROS |
CULÍSIMO |
CULÍSIMOS |
CULO |
CULOS |
DICK |
DICKS |
MALDITA |
MALDITO |
MALPARIDO |
PENDEJADA |
PENDEJAS |
PENDEJAZO |
PENDEJEAR |
PENDEJITA |
PENDEJITAS |
PENDEJITO |
PENDEJITOS |
PENDEJOS |
PUCHAS |
PUÑETA |
PUÑETAS |
PUÑETERIA |
PUSSY |
PUSSYS |
PUTA MADRE |
PUTA MADRES |
PUTARRÓN |
PUTAS |
PUTAZO |
PUTAZOS |
PUTEADA |
PUTEAR |
PUTEARSE |
PUTERIAS |
PUTERIO |
PUTÍN |
PUTÍSIMA |
PUTÍSIMAS |
PUTÍSIMO |
PUTÍSIMOS |
PUTITA |
PUTITAS |
PUTÓN |
PUTOS |
SOPLANUCAS |
TORTURAR |
III. Palabras Violentas
ABUSAR |
AGREDIR |
ASALTAR |
ASESINAR |
GOLPEAR |
HERIR |
INSULTAR |
INSULTO |
MALTRATAR |
MATAR |
MUTILAR |
TORTURAR |
VIOLACIÓN |
VIOLAR |
Y éstas no son todas las palabrotas !! Aún hay otras mas !! jajaja :D
¿Deseas conocer el listado completo?
Puedes dirigirte a la siguiente liga de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER)