Consulta Especializada de PRODECON. Guía rápida.





¿Qué es la Consulta Especializada de PRODECON?

– Guía rápida –

Colaboración de:

Lic. Víctor Manuel Díaz Velasco

La presente entrega forma parte de una serie de guías, en las que se describirán los servicios que ofrece PRODECON.

Para una mejor comprensión de los mismos se expondrán con el mismo formato que el SAT ofrece al dar a conocer sus trámites y servicios en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, considerando que tales fichas son de fácil manejo para los usuarios de las mismas.

SOLICITUD DE SERVICIO DE CONSULTA ESPECIALIZADA

Descripción del Trámite o Servicio Monto:
El servicio de Consulta Especializada consiste en proporcionar una respuesta clara y concreta, a través de la emisión de un dictamen con la opinión de un organismo técnico especializado en materia tributaria, sobre interpretaciones normativas de disposiciones fiscales federales o aduaneras que estén involucradas en el acto de autoridad materia de la consulta; en el caso de que no exista acto materia de consulta, también se podrá emitir el dictamen con fundamento en el artículo 8° Constitucional. Gratuito
¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio? ¿Cuándo se presenta?
Las personas físicas o morales, y obligados solidarios, que deseen obtener la opinión de la Procuraduría sobre interpretaciones normativas de disposiciones fiscales federales. El servicio se presentará en cualquier momento.

 

¿Dónde puedo presentarlo? ·        En las Oficinas de PRODECON

·        Por correo electrónico

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?
En las Oficinas de PRODECON:

·        En oficialía de partes:

1.- Descargar el formato que se encuentra en la página http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/consultas-especializadas

2.- Llenar los datos requeridos.

3.- Imprimir el formato y firmarlo.

4.- Presentarse con la Solicitud de Consulta Especializada elaborada y firmada de forma autógrafa, así como la documentación soporte de su solicitud, y en caso de que el firmante de la solicitud acuda en representación del contribuyente, copia del documento con el que se acredite la representación del contribuyente.

 

Por correo electrónico:

1.- Descargar el formato que se encuentra en la página http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/consultas-especializadas

2.- Llenar los datos requeridos.

3.- Imprimir el formato y firmarlo.

4.- Digitalizarlo y enviarlo vía correo electrónico. Con motivos del Acuerdo General 003/2020, publicado con motivo de la contingencia sanitaria causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se dan a conocer diversas direcciones electrónicas a las cuales puede ser enviada la solicitud.

5.- Señalar en el correo electrónico que “el contribuyente o su representante legal tengan imposibilidad para acudir personalmente a la Procuraduría”, y que “manifestando, bajo protesta de decir verdad, que la firma que aparece asentada en el formato o solicitud es suya”.

6.- Adjuntar digitalización de la identificación oficial del firmante, así como la documentación soporte de la queja, y en caso de que el solicitante acuda en representación del contribuyente, el documento con el que se acredite la representación del contribuyente.

¿Qué requisitos debo cumplir?
En las Oficinas de PRODECON:

·        En oficialía de partes:

1.- Presentarse con la solicitud con firma autógrafa en donde aparezcan los siguientes datos:

I. El   nombre   o   denominación   social   de   quien   solicita   la   consulta, domicilio   para   recibir   notificaciones, en su caso, el número telefónico y la dirección de correo electrónico para los mismos efectos.

II. En caso de que exista, señalar el acto o actos de Autoridades Fiscales que motiva la consulta.

III. Los motivos que originan la consulta, la materia de la misma y el planteamiento específico.

2.- Copia de la identificación oficial vigente del firmante de la solicitud, y en su caso, el instrumento legal que acredite la representación legal; así como los documentos que sean necesarios para la comprensión y solución de la consulta.

 

Por correo electrónico:

1.- Enviar digitalización de la solicitud firmada en donde aparezcan los siguientes datos:

I. El   nombre   o   denominación   social   de   quien   solicita   la   consulta, domicilio   para   recibir   notificaciones, en su caso, el número telefónico y la dirección de correo electrónico para los mismos efectos.

II. En caso de que exista, señalar el acto o actos de Autoridades Fiscales que motiva la consulta.

III. Los motivos que originan la consulta, la materia de la misma y el planteamiento específico.

2.- Digitalización de la identificación oficial vigente del firmante de la solicitud, y en su caso, el instrumento legal que acredite la representación legal; así como los documentos que sean necesarios para la comprensión y solución de la consulta.

3.- Señalar en el correo electrónico que “el contribuyente o su representante legal tengan imposibilidad para acudir personalmente a la Procuraduría”, y que “manifestando, bajo protesta de decir verdad, que la firma que aparece asentada en el formato o solicitud es suya”.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
Presentada la Solicitud de Consulta Especializada, se asignarán los datos de contacto del personal de la Procuraduría, a fin de que el mismo pueda obtener información de su trámite a través del medio que más le convenga, ya sea de forma personal en las oficinas de PRODECON, por vía telefónica o a través del correo electrónico que sea señalado por el contribuyente para tales efectos.
Resolución del Trámite o Servicio
La resolución se puede dar cuando se emita alguno de los siguientes documentos:

·        Dictamen con la opinión de la Procuraduría.

·        En el caso de que no exista acto materia de consulta, se podrá emitir el dictamen con fundamento en el artículo 8° Constitucional.

Plazo máximo para que PRODECON resuelva el Trámite o Servicio Plazo máximo para que PRODECON solicite información adicional Plazo máximo para cumplir con la información solicitada
El dictamen se emitirá en un plazo no mayor de treinta días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de presentación de la consulta, y se notificará al Solicitante a más tardar al día hábil siguiente en el domicilio o en el correo electrónico que hubiera señalado para oír y recibir notificaciones.  El plazo se podrá duplicar por una sola vez, en los casos que por su complejidad así lo amerite. No se señala un plazo expreso en la normatividad aplicable, sin embargo, sí se prevé la posibilidad de requerimientos de información y documentación. 5 días hábiles.
CANALES DE ATENCIÓN
En Oficialía de Partes: Presentando la solicitud en Oficialía de Partes de las Oficinas Centrales; o bien, en la Delegación más cercana, o a través de correo postal, certificado o mensajería.

En los módulos de atención: Acudiendo directamente a las oficinas centrales de la Procuraduría ubicadas en Avenida Insurgentes Sur, Número 954, Colonia Insurgentes San Borja, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México; o bien, a las oficinas de sus Delegaciones en el interior de la República. Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.

Por la actual contingencia sanitaria se encuentran atendiendo por medio de citas (*Solo disponible en algunas Delegaciones), la cual puede ser agendada en el siguiente enlace https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/citas

Vía telefónica: 55 1205 9000

Correo electrónico: Podrás realizar tus planteamientos a través de correo electrónico a la dirección [email protected].

Asimismo, por la contingencia sanitaria, se pueden consultar los correos de contacto en el Acuerdo General 003/2020, emitido por la PRODECON, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020 consultable en el siguiente enlace http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591707&fecha=16/04/2020.

Mediante chat: El chat de la Procuraduría lo podrá encontrar en el siguiente enlace http://www.prodecon.gob.mx/chat/index.php/e…..

Aplicación móvil: Descargando la aplicación gratuita “Prodecon” para teléfonos móviles con sistema operativo Android.

Redes Sociales: Twitter @ProdeconMexico y en Facebook como PRODECON México.

 

INFORMACIÓN ADICIONAL
·        En caso de que se envíe por correo electrónico, el peso de los archivos no debe superar 20 MB, si la documentación lo amerita, se puede enviar en varios correos.
FUNDAMENTO JURÍDICO
Artículo 5, primer párrafo, fracción I de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Artículos 50 al 57 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

 

La presente guía no es un documento oficial, y es iniciativa personal del autor, y no necesariamente refleja el punto de vista de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.