¿Cuánto le puedo descontar en la nómina a mi trabajador? La importancia de la prueba escrita…





ElConta.Com te recomienda esta lectura. Clic en la imagen para mas información.

ElConta.Com te recomienda esta lectura. Clic en la imagen para mas información.

¿Cuánto le puedo descontar en la nómina a mi trabajador?

La importancia de la prueba escrita.

Autor Colaborador:

C.P.C. Alfonso Neftalí Reyes Pérez


En una relación laboral es común que las empresas otorguen a sus colaboradores préstamos por anticipo de sueldos y se descontarán en varios pagos quincenales o semanales según los periodos de pago. Ahora, debemos cuidar las normas protectoras de los salarios contemplada en la Ley Federal del Trabajo y no caer en descuentos que están prohibidos por la misma ley.

Lo interesante de los descuentos por préstamos nace de la lectura del artículo 110 de la ley comentada anteriormente:

Articulo 11o. Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos y con los requisitos siguientes:

I. Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso al trabajador, errores, perdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento. La cantidad exigible en ningún caso podrá ser mayor del importe de los salarios de un mes y el descuento será al que convengan el trabajador y el patrón, sin que pueda ser mayor del treinta por ciento del excedente del salario mínimo;

(…)

Observen lo resaltado en color y subrayado, menciona un convenio entre las partes, es decir, debe existir convenio de cuanto descontarán, plazo para cubrir el préstamo, etc.

En las empresas ¿Dónde se estable eso?

Sucede que cuando le preguntas al patrón, éste no sabe de qué estamos hablando… En promedio el 92% de las empresas medianas y pequeñas es la misma respuesta. Se podrá decir que, es de palabra los descuentos, porque no hay nada escrito. 8O

La empresa o el empleador no puede arriesgarse a realizar un descuento con base a una autorización verbal del trabajador, puesto que el trabajador posteriormente podría alegar la ilegalidad de ese descuento, y la empresa no tendrá los elementos de prueba suficiente para respaldar la legalidad de los descuentos aplicados al trabajador.

Cuidemos en todo momento la relación laboral, contratos, convenios, actas y mucho más, como medida preventiva y de control para ambas partes, patrón y colaborador.

¿Necesitas más ayuda con este tema? Contáctame ;)

C.P.C. Alfonso Neftalí Reyes Pérez

Conferencista Motivacional

Gerente del área de Impuestos y Capacitación de Reyes D’Elia, S.C.

Expositor a nivel nacional de temas selectos de fiscal, laboral y capital humano. 

Contacto: [email protected]

Página web www.reyesdelia.com

Facebok: Capacitación y Certificación Empresarial de México

Twitter: @cpc_reyes