Declaración anual prellenada -Personas Físicas-





El día de hoy el SAT liberó la versión 2010 de la herramienta DECLARACIÓN ANUAL 2009 PRELLENADA que los contribuyentes (Personas Físicas) podrán utilizar si así les parece conveniente.

El contribuyente sólo tendrá que ingresar a la página electrónica www.sat.gob.mx e ingresar al rubro «Declaración prellenada«.

El contribuyente tendrá que proporcionar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

Una vez que proporcionó sus datos al sistema, aparecerá una declaración prellenada con sus ingresos y monto a pagar.

«En forma automática verá su saldo. Si no tiene otros ingresos y deducciones, podrá dar aceptar y estará lista su declaración»

Via

En lo personal, NO recomiendo fiarse ciegamente de esta declaración prellenada por la autoridad más bien, la sugiero para que como contribuyente tes de «una idea» de los datos que la autoridad tiene de ti :roll:

Recomiento utilizar mejor el DeclaraSAT



36 comentarios
  1. Karina Cervantes Blancas
    Karina Cervantes Blancas Dice:

    tengo una duda con respecto a poder deducir el interes anual de mi credito hipotecario, presente mi declacion en el mes de abril aun no me han aprobado mi saldo a favor puedo deducir este rubro metiendo una declaracion complementaria ya que no lo considere como deduccion autorizada,o la carta de retención de impuestos reales de lo que pagaste por tu casa en el año anterior solo la proporcionaban en febrero ya por estos meses nos se puede conseguir??

    Otra pregunta las facturas de la farmacia san pablo por la compra de medicinas para una enfermedad cronica e incurable como la diabetes y el cancer en ningun caso se consideran deducibles existe algun fundamento legal en caso de que sea lo contrario??

  2. lili1989
    lili1989 Dice:

    hola, necesito alguien que me ayude urgentemente no he declarado desde octubre de 2011 busco a alguien que me pueda orientar ya que aun no se como se calculan los impuestos que tengo que pagar
    mis ingresos sin iva son 8025.19 iva cobrado a clientes es1284.02 deducciones autorizadas sin iva 835.15 iva pagado en gastos es 133.60.
    bueno esas son las cantidades que yo tengo ahora no se como se calcula la BASE DEL IMPUESTO, ISR, IETU.
    Porfa hechenme la mano
    soy de mexico d.f. y me declaro como persona fisica regimen intermedio

  3. ROMINA
    ROMINA Dice:

    hola !!! necesito llevar la contabilidad de una persona fisica honorarios de un medico veterinario pero que esta excento de iva. cuales son los pasos a seguir???

    mil gracias saludos.

  4. ARELLANO
    ARELLANO Dice:

    hola tengo una duda estoy haciendo mi primera dec. anual por si solo yo hice los pagos mensuales de mis impuestos isr, ietu, e iva, en el mes de dic me retuvieron el iva e isr,

    al estar elaborando mi dec anual en el rubro de ietu me dice que tengo un saldo a cargo y cuando hice mi dec mensual de dic, del saldo del ietu, reste las retenciones y me dio a pagar cero,
    en la dec. anual puedo restarlo igual para que quede en cero o debo pagar la cantidad que dice ?
    les agradecere me saquen de la duda me urge un poco

    NOTA DEL ADMINISTRADOR:
    Tu comentario automáticamente ha sido transformado a minúsculas.

    Por favor desactiva el bloqueo de mayúsculas cuando escribas tus comentarios.
    Gracias.

    • El Conta
      El Conta Dice:

      @Arellano:

      IETU – ISR Efectivamente pagado (Tu ISR de pagos provisionales + las rentenciones de ISR que te hayan hecho..) = IETU por pagar

      Es decir, si… réstalas ;)

  5. LORENA BENITEZ
    LORENA BENITEZ Dice:

    hola, no presente declaracionanual del 2009, y debo presentar la del 2010, se aplican multas por no declarar en 2009?, y como le hago para declarar 2009

  6. laura
    laura Dice:

    hola soy estoy registrada ante el SAT Como persona Fisica regimen intermedio pero tambien percibo salarios y en el 2010 trabaje para 2 patrones diferentes, mi duda es Que uno de los patrones ya declaro el ISR por salarios 2010 pero el otro aun no lo hace, para que yo presente mi declaracion anual como persona fisica solo considero al patron que no ha presentado??????

  7. Carolina
    Carolina Dice:

    Es el primer año que presento mi declaración anual y me resulto saldo a favor.. aproximadamente cuanto tiempo se tarda en la devolución? o donde puedo ver el status de la misma?

  8. Rafael Contreras
    Rafael Contreras Dice:

    Solamente tengo ingresos por intereses provenientes del sistema financiero.Puedo presentar mi declaración,aunque no esté obligado? mis intereses reales no alcanzan el minimo que establece el SAT

  9. martha gonzalez
    martha gonzalez Dice:

    Tengo una duda:

    Por que el SAT me obliga a hacer declaracion fiscal al rebasar 400,000 pesos de salario si el lugar donde trabajo ya me tiene en nomina.

    Y si ese lugar es una dependencia del estado como por ejemplo el IMSS?

    No entiendo por que o para que es el requerimiento.

  10. Roberto
    Roberto Dice:

    Buena tarde, mi nombre es Roberto.
    Para empezar no tengo idea de que se trat esto de las declaraciones anuales, siempre he sido Persona Física, asalariado y el patrón ha hecho este trámite siempre.
    Tengo varias pregutas
    Una: Leeí que se puede deducir mediante una declaración anual los ( o parte de los ) impuestos pagados sobre crédito hipotcario.
    Dos: cuales son los requisitos que se piden para hacer el trámite.
    Tengo los escritos de las instituciones hipotecarias donde desglozan los impuestos, la carta dirigida al patrón para pedir que no haga la declaración anual, sino que yo lo aré (¿cómo está conformado este escrito?)
    Tres: ¿hasta que fecha se puede hacer el trámite y por cual medio?..

    Le agradesco su atención a este mensaje y quedo en espera de si fuera posible recibir una guía al respecto…

  11. LECTOR
    LECTOR Dice:

    Como lector le comunico al Sr. Santi , que en sus preguntas tan fuera de lo normal manifiesta su enexperiencia en el ramo y tan falta de etica , al mencionar lo que ud. menciono.

  12. CP. MOISES VAZQUEZ GARCIA
    CP. MOISES VAZQUEZ GARCIA Dice:

    Estoy totalmente de acuerdo con el CONTA, no es muy razonable aceptarle asi, porque si todo lo que SHCP nos manifieste, es mejor la via de la declaracion propia, en donde uno expone sus PRO y CONTRA,- Buen punto anexarle contadores -Mexico.

  13. ALBERTO
    ALBERTO Dice:

    Mi pregunta es la siguiente.

    En el mes de junio del 2010 expedi mi 1er. recibo de honorarios y he presentado mis declaracion tengo la obligacion de presenta mi declaracion anual y cual es el fundamento.

    Gracias

  14. martin
    martin Dice:

    hola buenas noches mi pregunta es la siguiente entre a trabajar a una compañia en julio pasado donde gano 6000 mensuales con ese sueldo debo presentar mi declaracion anual?
    gracias

    • El Conta
      El Conta Dice:

      @martin:

      La respuesta es NO estas obligado. Pero si tu quieres, puedes presentarla de manera OPCIONAL, aunque… antes tenías que haberle dicho a tu patrón que no te hiciera el cálculo anual 2010.

      Saudos.

  15. lector
    lector Dice:

    Hola a todos, para el tal Santi:
    Santi said at 1:33 pm on October 6th, 2010:
    que dijo

    «no se nada pero ese cliente no se me va…»,

    solo quiero decirle que no es valido que engañe a las personas, mejor recomiende a su cliente a un verdadero contador y no lo haga correr riesgos, ni los corra usted tampoco.

    Saludos a todos.

  16. Santi
    Santi Dice:

    quien debe tramitar la fiel a nombre de quien si empezare a llevar la contabilidad a un medico?

    sucede que le llevare la contabilidad a un medico necesito saber que hay con la fiel, si estaria a nombre mio o de el…….y como es que presentaria la declaracion anuel en algun formato, sofware o en papeles no se nada pero ese cliente no se me va…

  17. Santi
    Santi Dice:

    soy persona fisica, como podria el sat saber cuales son los ingresos totales sin que yo le de los ingresos reales?

    • El Conta
      El Conta Dice:

      @Santi:

      Es «magia» !!! :lol:

      Ya en serio, el SAT tiene diversas fuentes de información de sus contribuyentes tales como Declaraciones de sueldos y salarios de tus patrones, movimientos bancarios, reportes de notarios, etc.

      Saludos ;)

  18. El Conta
    El Conta Dice:

    @Yesenia:

    Tal vez suene un poco «cortante» pero no es la finalidad…

    Tiene que contratar a un contador a la brevedad, para que le ayude.

    Es lo que yo haría si fuese Ud.

    Saludos y suerte ;)

  19. Yesenia
    Yesenia Dice:

    Hola, quiero saber que se puede hacer en el caso de una persona fisica , regimen empresarial, esta inicio labores en el marzo del 2009 y nunca llevo su contabilidad ni pagos provicionales, nada … tampoco a presentado su declaracion anual.

    que puedo … hacer… …

    Les agradeceria su apoyo…

  20. El Conta
    El Conta Dice:

    @olga:

    SIEMPRE es conveniente presentar la declaración anual, ya que de esa manera puede hacer valer su derecho de deducir muchas cosas, entre ellas los interéses hipotecarios de la casa que su marido esta pagando.

    Le recomiendo que si no tiene nociones de contabilidad haga un esfuerzo por contratar a un contador de su confianza.

    Si busca en este blog, podrá enterarse de más cosas de su conveniencia ;)

    https://elconta.mx/tag/personas-fisicas/

    Saludos.

  21. olga
    olga Dice:

    hola tengo una duda mi esposo esta trabajando y le rebajan muchisimo de impuestos pues lo tienen con un salario muy alto, asi mismo le rebajan mucho de el infonavit en consecuencia, mi preguta es que tan conveniente seria que el presentara su decalaracion anual para una posible devolucion en caso de ke tuviera saldo a favor? o como puedo hacer para calcular su declaracion hay alguna herramienta? gracias.

  22. El Conta
    El Conta Dice:

    @Rocio G

    Deducciones personales 2009

    * Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios pagados para usted, su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato, sus padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que dichas personas no hayan percibido durante el año ingresos en cantidad igual o superior a un salario mínimo general de su área geográfica elevado al año. Medicinas incluidas en facturas de hospitales, no proceden los comprobantes de farmacias.

    * Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año, efectuados por el contribuyente para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato, así como para sus padres, abuelos, hijos y nietos. Los gastos para cubrir funerales a futuro, serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.

    * Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea usted mismo, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, o sus ascendientes o descendientes en línea recta.

    * Intereses reales devengados y efectivamente pagados durante 2009, por créditos hipotecarios utilizados únicamente para la construcción o remodelación de casa habitación, así como los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero (bancos, casas de bolsa, aseguradoras, etc.) o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS). Las instituciones que perciban ingresos por este tipo de intereses le deben proporcionar por escrito, una constancia anual, a más tardar el 15 de febrero, en la que se señale, entre otros datos, el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el año, separando el monto pagado de los intereses reales.

    * Donativos no onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos), cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos.

    El monto de los donativos que se deduzcan en la Declaración anual del 2009 no debe exceder del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del 2008 antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.

    * Aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia para los planes de retiro. El monto de esta deducción será como máximo de 10% de sus ingresos acumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales de su área geográfica elevados al año.

    * Transportación escolar de sus descendientes en línea recta (hijos, nietos), serán deducibles siempre y cuando la escuela obligue a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte, debiéndose separar en el comprobante el monto que corresponda a este concepto.

    Fuente: SAT http://sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual/150_17997.html

  23. ROCIO G,
    ROCIO G, Dice:

    rebaso los ingresos de 400,000 pero no se que gastos pueden aceptar como comprobaciones

  24. paty
    paty Dice:

    Hola: En el 2009, tuve un empleo en el que me dijeron que para pagarme, tenia que tener el regimen de honorarios, se supone que seria por 4 meses, pero solo duro un mes el proyecto, mi duda es: Como no hice ningun movimiento posterior con los recibos de honorarios, y ahora no estoy trabajando, puedo presentar declaracion en ceros?

  25. El Conta
    El Conta Dice:

    @Guillermo Martínez:

    Solo estan obligados A PETICIÓN de la autoridad.

    RMF regla II.2.14.12.:

    «Para los efectos del artículo 137, cuarto párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen de conformidad con la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, únicamente presentarán la declaración informativa de los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal de 2009, cuando sea requerida por las autoridades fiscales.»

    Saludos ;)

  26. GUILLERMO MARTINEZ CANDELARIA
    GUILLERMO MARTINEZ CANDELARIA Dice:

    quiero saber si las personas fisicas del regimen de pequeños estan obligados a presentar su declaracion anual

  27. ana
    ana Dice:

    tengo una duda, mi esposo y yo estamos en sociedad conyugal al 50% c/u, percibimos ingresos por arrendamiento, yo percibo ingresos por sueldos, la pregunta es los ingresos por sueldos tambien se dividen entre los 2 para la declaracion anual o solo los acumulo yo?

  28. Luis
    Luis Dice:

    Tengo una pregunta, yo me registre al SAT porque me lo pidieron en un trabajo pero me salí de trabajar a los pocos días, y apenas me comento un amigo que aunque no este trabajando ni percibiendo salario tengo que presentar obligatoriamente mi declaración de impuestos en $0.oo
    ¿Es cierto?

  29. oscar
    oscar Dice:

    una pregunta no tengo firma ni clave como hago mi declaracion anual de sueldos y salarios no exedi de 400 000 pero pedi hacerla ,el declarasat no permite imprimir

  30. El Conta
    El Conta Dice:

    @miriam:

    Solo si tu saldo a favor (solicitado en devolución) es igual o mayor a 10,000 necesitarás tu FIEL.

    Si no solicitas devolución NO es imperativa la firma eléctronica.

    Saludos

  31. miriam
    miriam Dice:

    hola! soy persona fisica asalariada y tengo una duda tengo que presentar mi delcaracion anual de sueldos pues exedi los 400,000.00

    mi pregunta es si lo hago por declarasaat , necesito la firma electronica?

    hay alguna otra manera de presentarla si no tengo la firma?

  32. Adriana
    Adriana Dice:

    Hola, buenos dias!!!
    Solo tengo una pregunta en cuestion a la declaracion anual P.M. rresulta que se solicito un prestamo hipotecario en el 2009, solo quiero saber como se plasma ese credito en la declaracion anual?? Gracias.

Los comentarios están desactivados.