¿Cuándo es bueno presentar antes de marzo la Declaración Anual de Personas Morales?
Twit de: @MGIMexico
Fundamento legal:
Artículo 14 LISR. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:
I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, se adicionará la utilidad fiscal o reducirá la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere el artículo 220 de esta Ley. El resultado se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio
(…)
Otro punto a considerar es el hecho de los saldos a favor que se pudieran generar de la declaracion anual, con lo cual incluso se podria evitar el pago provisional del mes de diciembre.
Saludos