Decreto de estímulo para la industria de la construcción – No mas IVA para subcontratistas –
Un estímulo para la industria de la construcción.
Autor: Penélope Castro
Blog: control2000.com.mx
El día de hoy se dio a conocer una medida de carácter fiscal de impulso para el sector vivienda. La medida consiste en un estímulo fiscal equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que se cause por la prestación de los servicios parciales de construcción de bienes inmuebles destinados a casa habitación.
Al respecto, el Secretario de Hacienda destaco que “el estímulo permitirá que quienes proporcionen los servicios mencionados no trasladen a las empresas desarrolladoras de vivienda el impuesto al valor agregado. Por consecuencia, dicho impuesto tampoco se trasladará a las familias que adquieran una vivienda.” El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano resaltó que “con esta medida, se atienden necesidades sociales, que generan empresas más sanas y un sector menos concentrado y por consecuencia, más desarrollo y mejor empleo”.
Descarga el decreto aquí
Nota de ElConta.Com:
Resulta «interesante» la manera en que la autoridad hacendaria «resuelve» de manera temporal esta situación que desde hace AÑOS se viene dirimiendo en tribunales.
¿Quién es control 2000?
Control 2000 es una empresa orgullosamente mexicana desarrolladora de software Administrativo, Contable y Fiscal para la Micro, Pequeña y Mediana empresa, contamos con más de 27 años de experiencia en el mercado y nos respaldan más de 100,000 licencias activas y más de 25 mil clientes satisfechos que lo avalan y recomiendan.
Visítanos:
Blanca yo también veo la misma problemática generalmente el que presta servicios parciales nunca trabaja directamente para el propietario del inmueble, yo me desempeño en esta área y sinceramente no veo beneficio, tal vez en desarrolladores de gran tamaño y jugando con la interpretación pero aún así no le veo mucho beneficio
Pues no ayuda de mucho o de plano no saben como funciona la construcción, normalmente los desarrolladores contratan a un contratista por el total o una serie de viviendas y este a su vez sub contrata los servicios parciales y según el Artículo Primero del decreto el estímulo se otorga siempre y cuando 1) se proporcione material o mano de obra (que así normalmente funciona no hay problema) 2.- los servicios parciales se presten «al propietario» del inmueble quien deberá ser titular del permiso licencia o autorización de la obra . Como funciona el que contrataria el servicio parcial de construcción no sería el propietario si no el contratista por lo tanto no cumple requisitos para entrar a decreto ¿Estoy interpretando bien? Agradezco sus comentarios.
Saludos
Blanca Vidales