A partir de agosto 2025, la DIOT deberá presentarse únicamente a través de la nueva plataforma digital del SAT.
📢 ¡Atención contribuyentes!
A partir de agosto 2025, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberá presentarse únicamente a través de la nueva plataforma digital del SAT.
🔗 Acceso directo: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx
💡 Recomendaciones:
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Ingresa con tu e.firma o contraseña.
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Familiarízate con la nueva interfaz antes de la fecha límite.
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Guarda el acuse electrónico de presentación.
⚠️ Recuerda: a partir de agosto, el método anterior dejará de estar disponible.
¿Quiénes y cómo deben presentarla?
La obligación de presentar la DIOT sigue siendo mensual para la mayoría de los contribuyentes y semestral para aquellos en el sector primario (actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca).
- Acceso a la plataforma: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx
- Autenticación: Se requiere Contraseña para personas físicas y e.firma para personas morales.
Declaraciones anteriores y guías
La plataforma no solo está habilitada para las declaraciones de 2025, sino también para presentar declaraciones extemporáneas de 2024 y ejercicios anteriores. Además, el SAT ha puesto a disposición guías de llenado en su portal para orientar a los usuarios.
Para quienes necesiten reimprimir acuses de declaraciones de 2024 o años previos presentadas con el sistema anterior, pueden hacerlo en el enlace de reimpresión de acuses.
Para más información, ingresa a sat.gob.mx/portal/public/ y en el apartado Contenidos relacionados encuentra las Guías de llenado para el ejercicio 2025, 2024 y anteriores.





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